El montaje de la Feria de Sevilla era más barato con Rafael Carretero
La juez exculpa al funcionario municipal de las irregularidades denunciadas y del presunto cohecho que se le atribuía

No hay «caso Feria». La denuncia presentada por un antiguo técnico de Fiestas Mayores del Ayuntamiento contra el director de este área durante los últimos 40 años, Rafael Carretero , ha sido desmontada en todos sus extremos por la juez que ha instruido el caso, la número 3 de Sevilla, Patricia Fernández Franco. Tras practicar varias pruebas periciales sobre las presuntas irregularidades en la gestión de Carretero para el montaje del recinto ferial, la magistrada ha concluido que el veterano funcionario municipal no sólo no perjudicó los intereses generales, sino que benefició al contribuyente con una gestión que ahorró numerosos costes al erario. No en vano, los peritos independientes que han declarado en la causa coinciden en que las tres últimas ferias —en cuya organización ya no participó Carretero— han costado más dinero al Ayuntamiento que todas las anteriores. La de 2015, por ejemplo, tuvo un coste para las arcas públicas de 106.000 euros más que la última dirigida por el histórico responsable de esta fiesta sevillana.
En un auto emitido este jueves, al que ha tenido acceso este periódico, la juez dispone el archivo de la causa contra Rafael Carretero y contra todas las empresas implicadas en la investigación —Ferrovial, RMD, Coyma, Quitasol y Vázquez S.L.— porque contra los denunciados sólo se han podido acreditar algunos «errores contables» y «las manifestaciones inculpatorias de dos testigos», pero «tales manifestaciones ni siquiera aparecen rodeadas de indicios periféricos que corroboren la imputación y que puedan servir de base a una construcción racional por medio de la prueba indiciaria».
Los citados testigos fueron los dos denunciantes, el técnico Miguel Ángel Baena y José Ramón Álvarez Benito —funcionario de la Intervención Municipal—, quienes, según la juez, incurrieron en numerosas contradicciones durante sus respectivas declaraciones, por lo que la magistrada concluye que la vía penal no es el camino para resolver «conflictos de intereses que se susciten en las relaciones sociales entre personas» , como parece haber sido este caso.
De hecho, la causa sufrió un vuelco decisivo durante la declaración del propio denunciante, ya que éste reconoció que todos los testigos que habían declarado ante la Policía que Carretero recibía prebendas de las contratistas eran todos parientes suyos o amigos íntimos . Por esta razón, la juez también exculpa al exdirector de Fiestas Mayores del delito de cohecho que se le imputaba, ya que «ni siquera constan efectivamente acreditados los servicios y prestaciones de las que el señor Carretero Moragas se hubiera presuntamente beneficiado, ni el importe económico de los mismos dadas las contradicciones y falta de consistencia que se aprecian en el testimonio que actúa como factor fundamental de delación». Lo que se le achacaba a Carretero es que Ferrovial le había hecho obras en su casa de Sevilla y en su chalé del Aljarafe supuestamente a cambio de los contratos de montaje de la Feria.
La investigación, iniciada tras una denuncia de la Fiscalía, se centró en el presunto abono por parte del Ayuntamiento del montaje de 70 casetas más de las que realmente había en el recinto, teóricamente para beneficiar a la contratista que después hacía obras en el domicilio particular de Carretero. Ya en su declaración, Baena reconoció que para montar la Feria «son necesarias ciertas fullerías, porque tiene una fecha de inauguración y surgen imprevistos que hay que solucionar». Pero el auto de archivo confirma, además, que desde 1990 Carretero había conseguido que la Feria se hiciera por el mismo presupuesto subiendo sólo el IPC . La juez ratifica que con el anterior director de Fiestas Mayores el montaje de la Feria era más barato y da carpetazo, a instancias de la defensa planteada por el letrado Juan Carlos Alférez, a un caso que precipitó la jubilación de Rafael Carretero. Contra este sobreseimiento, no obstante, cabe recurso de apelación.
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