La Justicia impide al Ayuntamiento recuperar sus edificios alquilados
El gobierno local pretendía extinguir el contrato del bar Citroën y de La Raza para licitar concesiones, pero los tribunales dan la razón a los negocios
La sentencia que acaba de dictar el Juzgado de lo Contencioso número 5 de Sevilla que anula la resolución del Ayuntamiento para desalojar el bar Citroën supone un golpe para las intenciones municipales, ya que la Administración Local no podrá recuperar los inmuebles que tiene alquilados o concedidos a terceros antes de que se cumpla la fecha del contrato, como pretendía el Ayuntamiento en el caso del Citroen y La Raza al intentar cambiar el régimen del alquiler de estos edificios al de concesión y, en este contexto, desalojar a los empresarios que actualmente los gestionan. La sentencia determina expresamente que no se puede aplicar la causa de extinción sobre algo que no existe aún, como es la concesión, porque lo que ha existido siempre entre el bar Citroen y el Ayuntamiento es un contrato de arrendamiento. Por ello, si el Ayuntamiento quiere extinguir esta relación debe convertir previamente esta relación en una concesión, para luego poder aplicar a este local el régimen de extinción de las concesiones.
Pero este caso tiene de fondo otra polémica , ya que este criterio no se aplicó a todos los edificios que se encontraban en la misma situación que estos dos. Concretamente, en 2014 se derogaron 44 rentas antiguas de edificios municipales, pero sólo seis de ellos sufrieron el cambio que afecta al Citroen y a la Raza —también está incluido en esta lista el bar Paradas de Reina Mercedes—, por lo que las empresas que venían manteniendo estos negocios se encontraron con una notificación de desalojo por parte del Ayuntamiento a pesar de que el procedimiento había sido declarado nulo tres veces desde que se acabó el alquiler.
Patrimonio siguió insistiendo en sus intenciones hasta que logró poner fecha de cierre a estos dos negocios: el 18 de junio de 2016. La Raza alegó entonces que el cambio de calificación sobre el inmueble le perjudicaba de manera sobrevenida, es decir, sin tiempo para planificar la salida. Pero, además, la empresa familiar que regenta este histórico restaurante del Parque de María Luisa desde 1954 planteó al gobierno municipal el mismo tratamiento que tiene el hotel Alfonso XIII , es decir, que se sacase a concurso para que la concesión la ganase el mejor postor, pero garantizando que seguiría siendo un negocio de hostelería y que mantendría los puestos de trabajo. Sin embargo, los responsables municipales incluso anunciaron un posible cambio de uso de los inmuebles para destinarlos a otros fines. Así que ambos negocios, una vez agotada la vía administrativa, decidieron defenderse en los tribunales.
Y entonces se descubrió otro detalle muy llamativo. El informe jurídico en el que se cambió la calificación del antiguo pabellón de Información de la Exposición Iberoamericana de bien patrimonial a demanial (ahora local de La Raza) fue realizado por un funcionario municipal que había tenido relación directa durante años con uno de los principales implicados en el caso Mercasevilla y en los ERE , Antonio Rivas. Concretamente, lo hizo un jefe de sección que procedía del Ayuntamiento de Camas, donde había sido contratado como jefe externo de los servicios jurídicos en 1997, siendo alcalde Rivas, que estuvo imputado por el caso de la mordida que los responsables de Mercasevilla le exigieron a los empresarios de La Raza y que éstos grabaron.
El Ayuntamiento tenía 44 locales en las mismas condiciones que el restaurante del Parque de María Luisa y sólo aplicó el criterio de cambio de calificación a seis por indicación de ese funcionario. De esos seis, los negocios con más tradición en la ciudad eran La Raza y el Citroen, que están a sólo unos metros de distancia. Al resto se les actualizó la cuota del alquiler y sus inquilinos mantuvieron la actividad sin problemas. Sin embargo, la Justicia ha terminado dando la razón a los afectados y el Ayuntamiento tendrá que mantener sus contratos con ellos. Lo que la sentencia indica es que si quiere cambiar el tipo de contrato de alquiler a concesión, cosa que es legítima, tiene que hacerlo siguiendo los pasos establecidos por la ley. Eso asegura el porvenir del Citroen y, de paso, abre otra interrogante: ¿cuántos edificios explota el Ayuntamiento y cuánto ingresa por ellos?
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