Tribunales
La juez vuelve a cerrar la causa del accidente mortal del A400M en el aeropuerto de Sevilla
Con esta decisión la vía penal está a punto de morir, pues la posible imputación de alguna persona sería por un delito de imprudencia, que prescribe a los cinco años
![Retirada de los restos del avión A400M siniestrado en 2015](https://s2.abcstatics.com/media/sevilla/2020/08/01/s/accidente-airbus-sevilla-kxDE--1248x698@abc.jpg)
Las familias de los cuatro fallecidos y de los dos heridos en el accidente de un avión, modelo Airbus militar A-400M , en las inmediaciones del aeropuerto de San Pablo durante la mañana del 9 de mayo de 2015 saludaron la decisión de la Audiencia de Sevilla de reabrir la causa y seguir investigando posibles actuaciones delictivas detrás de este trágico siniestro. Sin embargo, la juez encargada de la instrucción ha vuelto a dar carpetazo al asunto y ha acordado el archivo del mismo.
Esta decisión de la juez de Instrucción número 13 de Sevilla, María José Moreno, supone en la práctica el final de la vía penal para esclarecer estos hechos, teniendo en cuenta que una posible imputación de alguien sería por un delito de imprudencia, que prescribe a los cinco años , según han detallado a ABC fuentes del caso. El accidente tuvo lugar el 9 de mayo de 2015.
Fue el 2 de abril de 2018 cuando la juez dictó un auto en el que decretaba el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas para investigar el accidente porque no veía indicios para continuar la acción penal , aunque admitía en el auto que el accidente se produjo por «una concatenación de causas» pero ninguna de ellas con «suficiente» entidad para atribuir responsabilidades penales. Mismo argumento en el que insiste en el auto de fecha de 27 de julio de 2020 en el que vuelve a cerrar la causa.
Diferentes criterios
La instructora recogía en el citado auto de 2018 que se producen «múltiples fallos» por parte de Airbus y de Europe International (EPI ). Entonces, como ahora, la juez contó con el apoyo de la Fiscalía para no seguir adelante con la investigación penal. Por descontando también con el respaldo de los representantes legales de Airbus, la aseguradora de la compañía y EPI. El Ministerio Público, entonces, apuntaba que no había una imprudencia relevante a efectos penales de los operarios y de la tripulación del Airbus en el accidente.
Pero más de un año después, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla atendía los recursos de las familias de los fallecidos y de los heridos, donde se solicitaban la práctica de nuevas diligencias que no se habían realizado hasta el momento y que estimaban necesarias para determinar la posible responsabilidad penal de los distintos actores implicados en este terrible accidente aéreo en la capital andaluza, en el que perdieron la vida el piloto Jaime de Gandarillas, el copiloto Manuel Regueiro y los ingenieros Gabriel García Prieto y Jesualdo Martínez. Los que corrieron mejor suerte fueron los tripulantes José Luis de Augusto y Joaquín Muñoz Anaya.
En un auto de once páginas, la Audiencia revocó el archivo provisional de la causa y ordenó a la juez instructora la reapertura de las diligencias para seguir investigando. Para la Sala, había indicios de que «pudo haber falta de formación, documentación e instrucciones a la tripulación» que iba al frente de la aeronave, lo que podría suponer el origen del accidente.
Es decir, la tripulación contaba con «falta de adiestramiento» con respecto al modelo de motor que llevaba la aeronave y su funcionamiento, lo que conllevó que no pudieran tomar las medidas oportunas para reaccionar ante lo que estaba sucediendo. Además, durante el vuelo recibieron «información insuficiente» desde la cabina de control.
Eran las 12,54 horas del 9 de mayo de 2015 cuando el piloto comunicaba, nada más despegar en dirección norte, un fallo técnico en el aparato en el que viajaban seis personas durante un vuelo de prueba.
Igualmente, el tribunal instaba a la magistrada María José Moreno a la práctica de las pruebas solicitadas por los abogados recurrentes con el firme propósito de esclarecer lo sucedido aquel caluroso sábado de mayo de hace cuatro años y depurar las posibles responsabilidades penales que pudieran recaer en la actuación de los distintos actores de los implicados en este terrible accidente.
Siguientes pasos
Desde octubre de 2019, fecha en la que se pronuncia la Audiencia, hasta ahora, la juez de instrucción ha llevado a cabo algunas testificales de responsables de las compañías y denegando otras solicitadas. Esto se ha recurrido a la Audiencia de nuevo. Y tras la práctica de estas nuevas pruebas, insiste en cerrar la causa porque sólo aprecia una concatenación de errores en el diseño de los motors y la cadena de montaje, pero sin entidad suficiente para ser considerado delito.
¿Y ahora qué queda? Las fuentes consultadas por este periódico explican que las partes podrían volver a recurrir ante la Audiencia de Sevilla está decisión, aunque el hecho de que la vía penal esté prácticamente cerrada hace muy probable que esta opción se descarte.
Las familias de los cuatro tripulantes fallecidos y los dos heridos tendrán que tratar de alcanzar un acuerdo económico con la aseguradora para una indemnización . De no prosperar dichas conversaciones, deberán iniciar la vía civil o social , pues hay que tener en cuenta que estas muertes son calificadas como accidente laboral.
Otro escenario posible es que la Audiencia resuelva de forma favorable a las familias la petición de practicar más diligencias que ha rechazado la juez. Son testimonios de responsables de la compañía. Podría darse la circunstancias de que la Audiencia ordenara reabrir la causa , una vez más, para llevar a cabo estas nuevas pruebas.
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