Tribunales
Una juez devuelve la caseta de La Esmeralda a sus antiguos titulares
No tener extintores no es causa suficiente para perder la titularidad, según la sentencia
Las titulares de la antigua caseta de La Esmeralda, Josefa R. S. y su hija Elisa Isabel P. R. , respiran tranquilas ahora que el Juzgado de los Contencioso Administrativo 11 de Sevilla les ha dado la razón frente al Ayuntamiento de Sevilla y les ha devuelto la caseta comercial de Feria que perdieron en 2016 por no tener extintores. No obstante, la sentencia, de 17 de noviembre de 2017, mantiene la multa de 2.143 euros por infracción «muy grave» que les impuso el Ayuntamiento por no tener esos extintores en la caseta de la calle Costillares 82, una de las más grandes de la Feria al tener tres módulos.
Cambio de nombre
La antigua caseta de La Esmeralda cambió de nombre hace cuatro años, cuando la popular transexual sevillana dejó de ser una de sus titulares. Entonces, Josefa y su hija rebautizaron la caseta con el nombre de Cambio de Tercio. Gracias a los relaciones públicas de los mejores locales de copas de Sevilla, la caseta pasó de ser un espacio de espectáculos de travestis a un lugar de la gente guapa de Sevilla, entre ellos futbolistas del Betis y del Sevilla, modelos, actrices y toreros. Por la caseta pasaron Rubén Castro, Laura Sánchez, Sergio Ramos, Dani Alves o Lucía Hoyos y de ello queda constancia en las fotos de la página de la caseta Facebook.
Todo sonreía a los titulares de Cambio de Tercio hasta que en la Feria de 2016 el Ayuntamiento hizo público que les abría un expediente sancionador por, entre otras cosas, cobrar entradas a diez euros. El Ayuntamiento recuperó la caseta para dársela a los distritos Este y Cerro-Amate.
Defendidas por el letrado Enrique Sanguino, del bufete Seaiuris , las titulares de Cambio de Tercio presentaron un recurso contencioso administrativo contra la resolución que le imponía una multa y la pérdida de la titularidad tradicional por no disponer de extintores en la caseta. El Ayuntamiento mencionaba en su resolución que la caseta era reincidentes porque en 2015 se le abrió un expediente sancionador por no tener extintores.
En su defensa, las titulares negaron los hechos por los cuales se les había sancionado en 2016 e indicaron que durante el procedimiento se habían introducido hechos nuevos, incluso una modificación de la sanción, que en primer lugar era de 1.501 euros y luego de 2.143 euros. Sin embargo, la juez María de las Mercedes Romero ve acreditado que en el momento de la realización de la inspección, a las 12:08 horas del 14 de abril de 2016, la caseta no disponía de los extintores necesarios, razón por la que mantiene la multa de 2.143 euros por la «gravedad del riesgo y el daño potencialmente peligroso».
Proporcionalidad
En lo que sí da la razón la juez a Josefa y su hija es que no tener extintores en una inspección realizada a mediodía, cuando no había nadie, no es razón suficiente para perder la caseta. El juez dice que «para la aplicación de dicha sanción accesoria, el Ayuntamiento se ha basado en una serie de agravantes, como el hecho de que se trata de una caseta calificada como comercial, el enorme y grave riesgo, el hecho de que haya habido otros procedimientos sancionadores, y el hecho de que en el año anterior también se abriera un procedimiento por no tener extintores».
Una vez estudiadas todas las circunstancias concurrentes, la juez María de las Mercedes Romero entiende que «la sanción de pérdida de la titularidad no resulta proporcional». Por otra parte, la juez cree que no se puede hablar de reincidencia porque no consta que la caseta haya sido sancionada en alguna ocasión por no tener extintores.
Asimismo, la sentencia tiene en cuenta que «en el momento en el que se llevó a cabo la inspección no había nadie en la caseta, por lo que no puede decirse que existía un inminente riesgo o una peligrosidad enormemente grave para la integridad física de las personas».
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