Tribunales

Un juez de Sevilla anula una cláusula suelo por falta de información

Una entidad bancaria tendrá que devolver a un cliente por las cantidades indebidamente cobradas

ABC

Un juez de Sevilla ha declarado la nulidad de una cláusula suelo y ha acordado que una entidad bancaria devuelva a un cliente 43.225,10 euros por las cantidades indebidamente cobradas. El juez de lo Mercantil número 2 de Sevilla estima la demanda presentada por una pareja que firmó la hipoteca el 22 de noviembre de 2006 ante notario.

Los demandantes alegaron que la cláusula «adolece de falta de transparencia y es, en consecuencia, abusiva», mientras que la entidad bancaria negó que «incumpliera sus deberes de información y transparencia».

El juez dice que, en este caso, «no consta que las cláusulas hayan sido fruto de una negociación individualizada entre las partes» en la que los clientes del banco pudiera rechazar su contratación, ya que se trata de un requisito indispensable.

«Resulta evidente que este procedimiento no puede considerarse en ningún caso una negociación libre e individualizada», argumenta el juez, que considera que, con las pruebas practicadas, «el demandado (la entidad bancaria) no ha acreditado que informara al actor (clientes) sobre la existencia y contenido de la cláusula suelo».

A todo ello se suma, según expone la sentencia, que «no consta que se ofreciera» a la pareja «información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la entidad».

«Tampoco consta que se le ofrecieran simulaciones que permitieran al contratante conocer el funcionamiento real de la cláusula en el contrato», asevera el juez.

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