TRIBUNALES

Hacinadas en 8 metros cuadrados y disponibles 24 horas: así eran explotadas sexualmente cuatro jóvenes

La Audiencia de Sevilla condena a dos años y once meses de cárcel a una mujer, de nacionalidad china como las víctimas, por un delito de prostitución

El piso donde la condenada mantenía a las cuatro jóvenes estaba en el entorno de la Gran Plaza J.M.Serrano

Jesús Díaz

Era conocida como Ana, aunque sus iniciales son Z.G., tiene más de 40 años y es de nacionalidad china. Durante más de seis meses en el año 2017 explotó sexualmente a cuatro jóvenes compatriotas, a la que mantenía en un piso burdel en la calle Alfonso XI , en la zona de la Gran Plaza de la capital. Llegó a ganar 10.000 euros en quince días, mientras sólo le daba diez o veinte euros a las víctimas.

La Audiencia de Sevilla juzgó a Z.G. y al varón M.Y. el pasado 18 de noviembre y ahora, con fecha de 5 de mayo, ha dictado sentencia, condenando sólo a la acusada por un delito de explotación de la prostitución con el consentimiento de la víctima. Tendrá que cumplir dos años y once meses en prisión y abonar a una de las jóvenes explotadas 15.000 euros. Mientras el tribunal ha absuelto al varón, defendido por el abogado Diego Silva.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, los magistrados exponen que las cuatro chicas, desde el mes de abril del año 2017 hasta el 21 de septiembre de dicho año, ejercían la prostitución en un piso de la calle Alfonso XI. Lo hacían con su consentimiento, pero «bajo el control de la acusada» , quien conectaba telefónicamente con los clientes, fijaba con los mismos los precios y recibía el dinero que abonaban por los servicios sexuales de la chicas, quienes percibían «una ínfima parte» de dicho precio, aproximadamente un diez por ciento del mismo.

La acusada se lucraba con la explotación de las cuatro chicas, hasta el punto de que en quince días del mes de julio del año 2017 obtuvo ganancias que superaron los 10.000 euros. Las chicas que ejercían la prostitución en dicha vivienda y en su exterior bajo las órdenes de la acusada vivían hacinadas en un cuarto de unos ocho metros cuadrados , que tenía dos literas en la que estaban todas sus pertenencias, en especial ropa.

Además, según el tribunal, las jóvenes ejercían la prostitución hasta la extenuación estando disponibles las 24 horas del día.

La única perjudicada que ha comparecido en el juicio no tenía en su poder su pasaporte en las dos ocasiones que fue requerida para ello por la Policía en abril y septiembre de 2017 por tenerlo una persona desconocida en Madrid. El resto de las chicas que ejercían la prostitución en esa vivienda tampoco tenían a su disposición su pasaporte ni en el mes de abril ni en el de septiembre de 2017.

La víctima no tiene ni tenía familia en España, se encuentra en situación administrativa irregular , carece y carecía de medios lícitos de vida y desconoce el idioma español.

Por su parte, los acusados mantenían una relación de noviazgo , que se inició en el mes de julio de 2017, y la segunda vivía y pernoctaba en ocasiones en la vivienda del primero, que estaba en la Gran Plaza.

Registros domiciliarios

El día 21 de septiembre de 2017 agentes de la Policía Nacional registraron tanto el piso burdel como el domicilio del acusado , hallando en la vivienda de la calle Alfonso XI cuatro libretas con diversas anotaciones relativas a los servicios sexuales prestados por las chicas que vivían en el inmueble, una caja con una gran cantidad de preservativos , 2.160 euros en metálico que se encontraban dentro de un bote metálico en un baño, 1.625 euros en el dormitorio de las jóvenes que en ese momento ejercían la prostitución en dicha vivienda, otros 275 euros en el salón del inmueble (cantidades todas ellas que procedían del ejercicio de la prostitución), y dos teléfonos móviles de los que era usuaria la acusada.

En el domicilio del ciudadano chino juzgado, pero absuelto, fueron intervenidas diez cajas de preservativos y 209 dosis de productos para higiene anal que había adquirido la acusada, un pasaporte chino y una libreta bancaria escondidos dentro del horno , así como teléfonos móviles y más dinero en efectivo.

Tras la celebración del juicio, el tribunal ha absuelto al varón del delito de trata de personas del que venía acusado por falta de prueba. También ha sido absuelto del delito de prostitución coactiva.

Sobre la acusada, la sentencia dice que las pruebas evidencian que ésta se lucraba explotando la prostitución de la víctima, así como de las otras chicas. Aunque ella lo negó y explicó que éstas le pagaban 20 euros al día por quedarse en la vivivenda de Alfonso XI y por comida, pues ha quedado acreditado que ella era quien cogía el teléfono a los posibles clientes. Ese número de teléfono constaba en el anuncio de «Chicas Orientales» de una página web . Era quien acordaba los precios a pagar por los clientes.

De las escuchas telefónicas que constan en la causa también se desprende el negocio que tenía montado la acusada en la calle Alfonso XI. Por ejemplo, de 230 euros que podía obtener una de las chicas ejerciendo la prostitución, la víctima ganaba diez euros, 20 euros iban para el hombre que hacía labores de taxista y 200 euros se quedaba la dueña del burdel.

Entre el 20 de marzo y el 28 de septiembre de 2017 la acusada ingresó en efectivo y mediante transferencias la cantidad de 19.330 euros , «cantidad muy superior a la que hubiera obtenida por el alquiler de camas y comida que ofrecía a las chicas que allí vivían por un precio de 20 euros diarios, según declaró en el juicio oral», expone el tribunal en su fallo.

Las chicas, por órdenes directas de la acusada, ejercían la prostitución en condiciones «totalmente desproporcionadas y abusivas, hasta estar exhaustas », pues tenían que estar 24 horas disponibles. En un día llegaron a estar con 55 hombres.

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