SEVILLA
El fiscal pide cuatro años a la 'Manada' francesa que actuó en la Alameda tras reconocer los hechos
El Ministerio Público acusa a dos de los jóvenes investigados de un delito de agresión sexual a dos chicas menores y al tercer investigado, de un delito de abuso sexual
El lunes 31 de agosto del pasado año , la Policía Nacional detuvo en el aeropuerto de San Pablo a cuatro jóvenes franceses antes de coger un vuelo al país galo. Dos chicas, menores de 18 años, los habían denunciado por la violación y abusos sexuales ocurridos presuntamente en un apartamento turístico de la Alameda de Hércules . La juez que ha instruido este caso sólo procesó a tres de los cuatro investigados por delitos de violación y abusos sexuales , apuntando incluso que drogaron a sus víctimas. La última novedad de este asunto, conocido como la 'Manada' francesa de la Alameda , es la petición de pena de la Fiscalía: cuatro años de cárcel para los dos acusados por agresión sexual, Arthur y Lucas, y tres años de prisión al acusado de abusos sexuales, Sacha.
La clave de esta petición, según ha podido conocer ABC de Sevilla por fuentes del caso, es que la Fiscalía aprecia como atenuantes en los tres investigados la reparación del daño y el reconocimiento de los hechos .
En el auto de procesamiento de la juez de Instrucción número 15 de Sevilla, la magistrada exculpaba al cuarto de los detenidos, que fue puesto anteriormente en libertad provisional. Arthur, Lucas y Sacha están en prisión preventiva .
Del bar al piso de la Alameda
Sobre las seis de la tarde del 29 de agosto del año pasado, los jóvenes conocieron en un bar de la Alameda a las dos menores , quienes por entonces contaban con 15 y 16 años. Ellos, según señalaban fuentes policiales tras su detención, eran chicos bien vestidos, «pijos», de formas amables y, por tanto, no resultaban en apariencia una amenaza para unas adolescentes.
Las invitaron al piso turístico en el que los jóvenes franceses pasaban unos días en Sevilla. Según la instructora, para «someter la voluntad de las menores y facilitar el mantenimiento de las relaciones sexuales», le echaron en las bebidas que éstas ingirieron un fármaco hipnótico que se utiliza para el tratamiento a corto plazo del insomnio.
Entre las 20.30 horas y las 22.00 horas de ese día los tres procesados violaron a las dos menores , según la juez instructora. Además, uno de los investigados grabó con el teléfono móvil a uno de sus amigos mientras mantenía las relaciones con la chica y envió la grabación a los otros mediante una aplicación.
En dicho auto, la juez procesaba a los tres jóvenes franceses por tres delitos de abusos y agresiones sexuales a cada uno de ellos. Esto es, uno como autor material, por la violación que se atribuye a cada uno, y otros dos delitos como cooperador necesario de los abusos perpetrados por sus compañeros.
Tras este auto de procesamiento, la causa, convertida en sumario, estaba a la espera de los escritos de calificación de los hechos ante la Audiencia de Sevilla . La Fiscalía ya ha interpuesto el suyo.
Calificación penal
Para el Ministerio Público, los hechos son constitutivos de dos delitos del artículo 183.1 y 3 del Código Pena l: «El que realizar actos de carácter sexual con una menor de dieciséis años será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años». «Cuando el ataque consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años». De estos delitos acusa a Arthur y Lucas. La víctima fue la misma chica.
También considera los hechos constitutivos de un delito del artículo 181.1, 2 y 4 del Código Penal : «El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizar actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses». «A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusar, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto».
Si bien, la Fiscalía, según han indicado a este periódico fuentes del caso, aprecia en la conducta de los tres investigadas dos atenuantes, la reparación del daño a las víctimas y el reconocimiento de los hechos . Es por ello por lo que las peticiones de cárcel se sitúan en la parte inferior de la horquilla penológica en estos supuestos. Durante la instrucción, los tres procesados defendían que las relaciones fueron consentidas. Ahora reconocen los abusos y agresiones sexuales.
Noticias relacionadas