Tribunales
Estafa 750.000 euros a un banco con facturas falsas del Servicio Andaluz de Salud
El Tribunal Supremo confirma la condena de tres años y cinco meses de cárcel para el dueño de una empresa de suministros sanitarios y rebaja la pena para el que fuera un ex alto cargo financiero de un centro hospitalario
El administrador único de una empresa dedicada al suministro de maquinarias y equipos sanitarios estafó casi 750.00 euros a una entidad bancaria a la que endosó facturas de presuntas ventas de material a los hospitales sevillanos Virgen del Rocío y Valme y al Juan Ramón Jiménez de Huelva , importe que el banco adelantaba al dueño de la empresa.
Tras la condena en 2017 de la Audiencia de Sevilla, ahora el Tribunal Supremo ha confirmado el fallo de tres años y cinco meses de cárcel al dueño de la empresa , quien, junto a otro varón, que en el momento de los hechos ocupaba un alto cargo en el departamento económico-financiero del Juan Ramón Jiménez y también fue condenado, tendrán que indemnizar por el mismo importe estafado al banco.
Los hechos tuvieron lugar entre los años 2005 y 2008 , cuando la empresa del principal acusado mantenía una relación mercantil con hospitales del Servicio Andaluz de Salud. En ese periodo, contrató con la entidad bancaria defraudada distintas pólizas de crédito a través de las cuales disponía anticipadamente del importe nominal de las facturas que expedía la sociedad a cargo del SAS por el cobro de los suministros de productos de uso hospitalario.
El acusado llegó a presentar en esos años hasta 54 facturas de presuntos suministros a los indicados hospitales. En el caso del Valme y del Virgen del Rocío, las facturas no estaban estampadas con la firma del responsable económico. « No eran operaciones reales ». En el caso del Juan Ramón Jiménez, algunas estaban firmadas por el otro acusado, de ahí su participación en los hechos.
«No eran operaciones reales»
Ninguna de las facturas adelantadas por el banco fueron abonadas por el Servicio Andaluz de Salud tras comprobar que las mismas no se correspondían con suministros o ventas, ni habían sido registradas ni contabilizadas en el citado organismo.
Sobre el segundo acusado, el que fuera alto cargo del Juan Ramón Jiménez, el Tribunal Supremo, en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, señala que no tenía entre sus funciones la «toma de razón» en las facturas endosadas a entidades bancarias por el proveedor.
«Sin autorización ni conocimiento de sus superiores en el Hospital ni de los servicios centrales del SAS, para ayudar a proveedores con dificultades económicas derivadas de la excesiva demora en el pago por la Junta , ideó un procedimiento abreviado en virtud del cual firmaba la toma de razón de facturas que no habían tenido entrada ni se habían registrado en el SAS, con el compromiso del proveedor de que después la introduciría a través del registro y que de no hacerlo no se pagaría por el SAS.
El importe total de estas facturas endosadas asciende a 747.067,04 euros , cantidad que incorporó la mercantil de manera fraudulenta a su patrimonio.
El que fuera responsable del hospital onubense recurrió la condena de la Audiencia de Sevilla , estimando parcialmente sus alegaciones, rebajando la pena de dos años y nueve meses a uno y nueve meses de cárcel, al considerar el Alto Tribunal que no fue responsable del delito de estafa, aunque sí de la falsedad documental.
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