La empresa de recogida de aceites reclamará 4,5 millones al Ayuntamiento de Sevilla

Biouniversal acordó una indemnización en caso de que el contrato se anulara por causas achacables a Lipasam, que es a quien señala la sentencia

Un operario, reciclando el aceite de cocina usado EFE

ALBERTO GARCÍA REYES

La empresa que ganó el concurso para gestionar la retirada de aceite usado de Sevilla , tanto el de uso doméstico como el de hostelería, reclamará 4,5 millones de euros de indemnización al Ayuntamiento si no prospera su recurso de casación ante el Supremo contra la sentencia del TSJA que invalidó el contrato. Biouniversal, que es como se llama la compañía que se hizo con este servicio licitado por Lipasam en 2013, ha presentado ya en el Ayuntamiento y en el propio tribunal una valoración de los daños económicos que le ocasiona esta situación, ya que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que tumba el contrato atribuye la responsabilidad a la administración local.

Concretamente, el TSJA entiende que el aceite usado procedente de la hostelería —técnicamente se denomina aceite del canal horeca— no es un residuo doméstico y, por lo tanto, Lipasam no tiene la obligación de gestionarlo, por lo que no podía subcontratar su retirada a ninguna empresa, sino que esta operación es competencia de los propios establecimientos, que son quienes, a juicio del tribunal, han de elegir a los operadores a los que entregarán el residuo. El fallo indica que para que este aceite se considerase residuo público y, por tanto, su gestión correspondiera a la administración, el Ayuntamiento tendría que haberlo declarado así a través de sus órganos de decisión en un informe previo al concurso . Sin embargo, eso se hizo con posterioridad, por lo que este aceite se sigue gestionando como un producto «sandach» (subproducto animal no apto para el consumo humano). Esta decisión ha sido recurrida porque existe mucha controversia con respecto a esa calificación, ya que la propia Junta de Andalucía no cree que el aceite del canal horeca —hoteles, restaurantes y cáterings— sea «sandach», sino doméstico.

En la propia causa consta una consulta realizada a la Consejería de Medio Ambiente en la que ésta indica que según el Reglamento de Residuos de Andalucía vigente desde 2012, «los residuos de aceites producidos en servicios de restauración que sean similares por su naturaleza y composición a los generados en hogares serán considerados domésticos y, por tanto, municipales».

En este punto está el pleito, a la espera de que el Supremo admita el recurso de Biouniversal y, de paso, resuelva definitivamente la duda sobre qué tipo de residuo es el aceite usado en la hostelería , lo que determinará si es el Ayuntamiento quien tiene que administrarlo o son los propios negocios los que pueden hacerlo. De momento, el TSJA lo declara «sandach» y ordena que se anule el contrato con Biouniversal, pero sólo en la parte relacionada con el aceite de horeca, no con el de uso doméstico. Es decir, la sección Primera de lo Contencioso Administrativo aclara en un auto del pasado 31 de marzo que «el contrato adjudicado únicamente se ve afectado en la no aplicación de la cláusula anulada, pero continúa plenamente vigente».

Por tanto, la empresa que ganó el concurso tiene ahora dos salidas: que el Supremo declare residuo doméstico el aceite de la hostelería y el contrato vuelva a tener validez en su integridad ; o que, si se confirma que este producto es «sandach», el Ayuntamiento le indemnice por no haber aclarado esta duda con anterioridad a la licitación, como indica la sentencia del TSJA. Esto quiere decir que la tramitación llevada a cabo por el gobierno de Juan Ignacio Zoido no fue lo suficientemente exhaustiva y, si finalmente no se puede mantener este servicio por un defecto imputable a Lipasam, Biouniversal ejercerá su derecho a la indemnización recogida en el contrato. En el último auto del TSJA, de hecho, ya está anunciada la cantidad que reclamará, concretamente 4.548.753 euros , una cifra que según exige la empresa paliaría el daño económico ocasionado tras la inversión realizada en maquinaria y empleados. El actual gobierno de Juan Espadas se retiró del recurso que había presentado junto con Biouniversal contra la sentencia dictada el año pasado, pero ha decidido recurrir la que se emitió en abril anulando toda la ordenanza que ampara este sistema de recogida. La encrucijada del alcalde es la siguiente: se puso del lado de los hosteleros cuando hicieron «casus belli» de este asunto durante el mandato de Zoido y ahora no puede desdecirse, pero la anulación del contrato le puede costar al Ayuntamiento 4,5 millones de euros.

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