Dieciséis medidas aprobadas por Espadas no se ajustan a la ley

El recargo del IBI a las viviendas desocupadas y varios beneficios fiscales solicitados por IU y Participa van contra la ley de Haciendas Locales

Espadas, ayer, en la Nao Victoria RAÚL DOBLADO

ALBERTO GARCÍA REYES

La fragmentación de la Corporación municipal en cinco partidos ha traído al Ayuntamiento unos nuevos usos que han obligado al propio interventor a modificar su dinámica de trabajo. Algunos de estos partidos, sobre todo los dos que sostienen en el gobierno al socialista Juan Espadas , Participa Sevilla e IU, han presentado ya varias mociones en los plenos que no se pueden ejecutar porque, o no entran dentro de las competencias municipales, o sencillamente no se ajustan a la ley vigente .

Esta insólita circunstancia llevó al principal fedatario del Ayuntamiento, José Miguel Braojos , a hacer una puntualización inesperada durante el Pleno más importante de cuantos se han celebrado desde que gobierna el PSOE: el dedicado a la aprobación de las ordenanzas fiscales para 2016 . Braojos aclaró allí, antes de proceder a la votación, que las mociones se podían aprobar, pero que no se ejecutarían hasta que él fiscalizara su legalidad , ya que estaba detectando algunas cuestiones que, por muy democrática que fuera la votación , eran completamente ilegales . A partir de ahí, el interventor hizo un primer informe haciendo oficial esta medida y desde entonces ha fiscalizado cada punto del Pleno guiándonse en unos casos por su propio criterio y en otros por las denuncias de partidos como el PP.

La consecuencia de esta nueva fórmula de trabajo que permite aprobar en el principal órgano de decisión del Ayuntamiento cuestiones imposibles de ejecutar es rotunda: el gobierno de Juan Espadas ha aprobado ya 16 medidas que están fuera de la ley y que, por tanto, no se podrán llevar a cabo. El interventor ya ha dado cuenta de ellas e incluso los propios socialistas han reconocido por escrito en las mociones, añadiendo enmiendas, que dan su voto a favor a propuestas de IU y Participa aclarando que se ejecutarán si en algún momento la legislación cambia y lo permite.

Entre las principales medidas aprobadas gracias al voto favorable de los socialistas y de sus dos partidos muleta, la más destacada es la que impone un recargo del Impuesto de Bienes Inmuebles a las viviendas desocupadas. Concretamente, el artículo 11 de las ordenanzas aprueba este sobrecargo aceptando la enmienda de Participa e IU, que en la actualidad es ilegal porque «la Ley de Haciendas Locales, en su artículo 72.4, permite el establecimiento de dicho recargo a inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, pero siempre que se cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente». Como el Ayuntamiento no tiene reglamento aprobado para ello, no puede actualmente establecer ese cobro extra.

Algo parecido ocurre con la bonificación del 50 por ciento para viviendas de protección oficial y equiparables. Esta tasa, que está recogida en la Ley durante los tres primeros años tras la calificación definitiva de la vivienda, ha sido ampliada por el Ayuntamiento al 95 por ciento con carácter indefinido si el inmueble se destina a alquilar, una medida que propuso Participa Sevilla en una enmienda. Esta decisión vulnera la citada ley de Haciendas Locales.

Por otra parte, en el apartado de la nueva ordenanza fiscal dedicado a las medidas de solidaridad social , el impulso de la actividad económica y el fomento del empleo, se han detectado varios artículos que no se pueden aplicar , ya que las ordenanzas fiscales no pueden regular procedimientos de concesión de ayudas sociales a menos que se aprueben unas ordenanzas específicas para ello. Entre los acuerdos adoptados hay también uno sobre la bonificación en el IBI para personas con ingresos inferiores a 1,5 veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), fruto de una enmienda de C’s, que no se podrá ejecutar porque no coincide con ninguna de las bonificaciones tasadas en la ley y porque, además, vulneraría el artículo 8 de la Ley General Tributaria.

Créditos fiscales

A esto hay que sumar otra enmienda de IU, que prosperó gracias al voto del PSOE, que insta a incluir un crédito para la convocatoria de ayudas a la vivienda destinadas a f amilias con ingresos inferiores al 1,5 veces el Iprem. Esta iniciativa es inviable porque legalmente no se puede «comprometer gastos del futuro presupuesto municipal» y porque «no se pueden otorgar subvenciones para el pago de tributos».

Por último, tampoco se puede llevar a cabo la bonificación del 50 por ciento aprobada en la tasa de recogida domiciliaria de basuras por inicio de actividad, ya que no son posibles las bonificaciones en las tasas . Este tipo de contradicción se da en varios casos más por el mismo motivo. En total, 16 medidas que cuentan con el aval democrático del Pleno, pero que no se pondrán en marcha porque son ilegales .

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