Desescalada en Sevilla

La fase 3 ya permite usar la barra de los bares, aunque con dos metros de distancia entre clientes

Se amplía hasta 20 personas el máximo de comensales en la mesa de una terraza, que tendrán ya un aforo tope del 75%

Interior de un bar de Sevilla, con camareros trabajando en la barra Vanessa Gómez

E. Barba

Tal y como ha anunciado este viernes el Gobierno central, Sevilla entrará este lunes 8 de junio en la fase 3 o «avanzada» de la desescalada para ir volviendo a la normalidad social y saliendo del estado de alarma a causa de la pandemia de coronavirus Covid-19 que azota el planeta. Esta fase incluye, entre otras novedades, una de mucho peso en estas latitudes, en la que los bares y restaurantes tienen un peso enorme en la economía local: la posibilidad de usar la barra por parte de los clientes . Y eso, en Sevilla, es mucho decir.

Bares y restaurantes podrán funcionar en esta fase definitiva previa a la vuelta a la normalidad con un aforo máximo del 50% en su comedor, límite que las comunidades autónomas podrán modificar siempre que no sea inferior al 50% ni superior a los dos tercios del aforo máximo, es decir, el 66% como máximo . Las mesas de la sala (o las agrupaciones de mesas) deberán mantener la distancia física de dos metros entre ellas, al tiempo que se pide que se fomente la reserva previa como manera de garantizar que no se va a superar el aforo previsto ni se agolparán los clientes. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal, como venía ya ocurriendo con las terrazas.

En cuanto a las barras , que en la fase 2 no podían ofrecer servicio o autoservicio, sí podrán operar con la condición de que se mantenga una distancia de dos metros entre clientes o agrupaciones de clientes. «Estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes», dice la orden dictada el 30 de mayo para la flexibilización de las normas en esta fase tercera.

Para las terrazas, el aforo máximo se fija en un 75% de las mesas permitidas (en fase 1 se podía abrir con un 50%, cifra tope que se mantuvo en la fase 2), porcentaje que podría calcularse sobre un aforo ampliado por los ayuntamientos que decidan apoyar así a su hostelería. En todo caso, la distancia física entre mesas se mantiene en los dos metros ya exigidos desde el principio, mientras se amplía hasta 20 personas el máximo de comensales en la mesa de una terraza (el límite en fase 1 es 10 personas).

De una forma un otra, lo que parece ya bastante claro es que los dos metros de distancia se han convertido en la regla aplicable para «calcular» la distancia social : debe cumplirse entre mesas de comedores interiores y terrazas, pero también entre clientes en barras y entre camareros y empleados de hostelería con el cliente en mesa o barra. En este último caso, se indica que hay que «aplicar los procedimientos de higiene y prevención necesarios para evitar el riesgo de contagio», lo que significa que los camareros deberán llevar puesta mascarilla. «En materia de hostelería y restauración, se permite el consumo en barra siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, de dos metros. De este modo, se establece un régimen equivalente al permitido para el consumo en mesa, para el que se mantiene una distancia de dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas», refleja la orden del Ministerio de Sanidad .

En lo referente a la hostelería, no obstante, se han producido algunos cambios frente al plan de desescalada anunciado por Sánchez el 28 de abril. En aquel momento, se planteó el 50% de aforo en comedores (lo que se ha mantenido, añadiendo la opción de que las autonomías lo suban a los dos tercios), una separación de metro y medio entre clientes en una barra (se ha elevado a dos metros) y el 50% de mesas en terrazas (se ha elevado hasta el 75% al aire libre). Si el establecimiento obtuviera el permiso del Ayuntamiento de Sevilla para incrementar la superficie destinada a la terraza al aire libre -para lo que se ha abierto una vía normativa y administrativa, de hecho-, se podrá incrementar el número de mesas previsto en el párrafo anterior, respetando, en todo caso, una proporción del setenta y cinco por ciento entre mesas y superficie disponible y llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.

El resto de exigencias del Ejecutivo central coinciden con las ya establecidas en fases anteriores, como la limpieza y desinfección de mesas y sillas entre un cliente y otro; priorizar mantelerías de un solo uso o, si no, someterlas a lavado mecánico en ciclos de entre 60 y 90 grados centígrados; poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes en la entrada del establecimiento y a la salida de los baños; evitar cartas de uso común; eliminar servilleteros, palilleros, vinagreras o aceiteras —priorizando monodosis— o indicar un itinerario para evitar aglomeraciones en determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes. Por otro lado, la orden señala que, para hostelería en hoteles, bodas o cualquier otra localización con bar o restaurante, son aplicables las mismas normas.

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