Tribunales

Cuatro meses de prisión a un militar por faltar a la guardia de año nuevo con un certificado médico falso

El Tribunal Supremo confirma la condena por un delito de simulación para eximirse del servicio a este cabo por no acudir el primer día del año 2017 al acuartelamiento sevillano de Pineda

Parada militar en el acuartelamiento de Pineda, donde tenía que hacer la guardia el cabo primero condenado Gogo Lobato

Jesús Díaz

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cuatro meses de prisión y la suspensión de empleo y cargo público durante el tiempo de privación de libertad impuesta a un cabo primero por no acudir a la guardia de seguridad del día de año nuevo de 2017 que tenía asignada en el acuartelamiento sevillano de Pineda, presentando posteriormente un certificado médico que «no era auténtico».

Con fecha de 26 de noviembre de 2019, la Sala de lo Militar del Supremo ha dictado sentencia en la que confirma el fallo acordado el 26 de abril de este mismo año por el Tribunal Militar Territorial Segundo contra este cabo primero por un delito de simulación para eximirse del servicio.

La sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso este periódico, recoge como hechos probados los señalados en su día por el Territorial Segundo. Este cabo primero, destinado en el Regimiento de Artillería Lanzacohetes de Campaña número 63 de Astorga , en León, se encontraba en Sevilla realizando una comisión de servicio de seis meses, con inicio el 25 de julio de 2016, en la Unidad de Musical del Cuartel General de la Fuerza Terrestre .

Cambió el último dígito de la fecha

El día 1 de enero de 2017, el cabo primero no se presentó en su Unidad a prestar el servicio de comandante de guardia de seguridad en el acuartelamiento de Pineda para el que fue debidamente nombrado. Por esto, el servicio tuvo que ser prestado por otro compañero.

El cabo primero ausente, con el propósito de justificar su incomparecencia a la guardia de seguridad, presentó en su Unidad de destino en Sevilla un certificado expedido por la clínica San Fernando de León , con el que pretendía acreditar haber sido asistido en el servicio de urgencias del mencionado centro sanitario el día 31 de diciembre de 2016.

Los altos mandos de la Unidad del cabo primero juzgado abrieron la investigación pertinente para esclarecer lo sucedido y consiguen comprobar que el certificado presentado por el militar «no es auténtico», y presentaba «una patente y burda enmiendo en el último dígito del año 2016» . «No consta en el referido centro sanitario ningún episodio sanitario» relacionado con este cabo primero del día de nochevieja.

La sentencia del Tribunal Militar Territorial Segundo recogía el acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes, si bien, la defensa del acusado recurrió al Supremo por entender que el primer tribunal se había apartado de dicho acuerdo. Motivo que desestima el Supremo.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación