Crisis del coronavirus

Así será la «nueva vida» de la Iglesia en Sevilla durante 2020

La Archidiócesis dispensa de la confirmación a los novios y a los padrinos de bautismo y, también, a las cofradías de sus cultos

Reunión este miércoles del Consejo Episcopal ABC

Javier Macías

El Arzobispado publicó ayer las medidas que se van a tomar en Sevilla con motivo de la reapertura al culto de las iglesias el próximo lunes 11, de cara a la celebración de las eucaristías y los sacramentos. La Archidiócesis ha tomado en cuenta las recomendaciones de la Conferencia Episcopal respecto a los cambios en los ritos habituales para garantizar la seguridad de los fieles y celebrantes en los oficios religiosos. La novedad fundamental está en los decretos firmados por el arzobispo, Juan José Asenjo , en los que dispensa hasta el 31 de diciembre del requisito de haber recibido la confirmación para los padrinos de bautismo de un menor de 14 años, así como para los contrayentes en próximos matrimonios, con el compromiso de iniciar el proceso catequético en cuanto las circunstancias lo permitan.

Asimismo, el prelado concede la delegación a los párrocos para que instruyan el expediente matrimonial , hasta el 31 de agosto de este año, para dispensar de las amonestaciones canónicas en los casos en los que la toma de dichos no se haya podido celebrar en el plazo establecido.

Otro de los decretos que ha firmado el arzobispo instruye la forma de celebrar las misas - de la misma manera que indicó la Conferencia Episcopal la semana pasada - e incluye también la dispensa de la asistencia dominical y demás fiestas de precepto mientras estén en vigor las restricciones de aforo (el 30% en la primera fase y el 50% en la segunda) y que se prolongará «el tiempo que sea necesario para aquellas personas en las que concurran condiciones de riesgo para la salud».

Cultos internos y externos

En el caso de los actos religiosos en la vía pública , el arzobispo señala que «quedan suspendidos mientras estén en vigor las medidas restrictivas de la movilidad». En el caso de la procesión del Corpus Christi , se hará «donde sea posible» y «tendrá carácter claustral, impartiéndose la bendición con el Santísimo en el atrio del templo». El Consejo Episcopal ha determinado que la procesión del Corpus de la Catedral se celebre el jueves 11 en el interior de las naves del templo metropolitano con el Santísimo bajo palio. La bendición se realizará desde la puerta de la Asunción , que sólo se abre en ocasiones especiales.

Otra de las dispensas que ha promulgado el prelado hispalense va dirigida a las hermandades, de cara a la realización de los cultos . «Cuando, de acuerdo con el párroco o director espiritual, se prevea razonablemente que no van a poder cumplirse, sin gravedad incomodidad para los hermanos y otros fieles, las limitaciones de aforo y concentración de personas establecidas por las autoridades civiles para el momento de su celebración, quedan dispensadas las celebraciones de los cultos y otros actos de piedad o devoción establecidos en sus reglas o estatutos o que hubieran sido autorizados con anterioridad al 14 de marzo pasado». En caso de disparidad de criterio, insta a acudir a la Delegación de Asuntos Jurídicos. Por lo que se refiere a los cabildos generales y procesos electorales, lo deja en manos de lo que disponga el delegado episcopal. De momento, sólo la hermandad de la Sed continuará adelante con los comicios de junio.

Sacramentos

La diócesis da instrucciones expresas para aquellos sacramentos que suelen congregar a un elevado número de fieles, como las bodas, bautizos, comuniones, confirmaciones o funerales. El arzobispo dicta que puedan programarse de modo que se respeten las normas generales referidas al aforo y medidas de protección .

El grueso de las medidas, amén de las instrucciones para las misas, se recogen en el documento «disposiciones sobre asuntos jurídicos relativos a la celebración de determinados sacramentos». De esta forma, la Archidiócesis expone que la documentación para el bautismo , la confirmación o el matrimonio que se haya entregado con anterioridad al estado de alarma no será necesario renovarla. Es decir, el plazo habitual de tres meses de validez de los documentos no se tendrá en cuenta, siempre y cuando estén firmados con posterioridad al 1 de enero.

En cuanto a los expedientes matrimoniales ocurre lo mismo, salvo en aquellos casos en los que las bodas se hayan pospuesto para 2021, una casuística que sí obligaría a reiniciar por completo los trámites. Respecto a lo expedientes incompletos o no instruidos cuya fecha de celebración sea próxima al previsible levantamiento del estado de alarma, la documentación ya entragada no se tendrá que renovar salvo que se haya modificado algún dato. El párroco, en todo caso, tendrá que velar con anterioridad a la toma de dichos que los contrayentes cuenten con la «adecuada y suficiente preparación», bien por los cursos prematrimoniales o por instrucción personal del propio párroco. «En ningún caso se permite la toma de dichos por medios telemáticos» , se dispone. En este caso, siempre para aquellas bodas que sean después de agosto -antes están dispensadas-, los contrayentes y testigos se citarán por separado en diversos momentos.

Más allá de las medidas de seguridad que habrá que tomar para cada sacramento (agua bautismal en un recipiente al que no retorne, bastoncillos para la unción, elementos como anillos sólo manipulables por los contrayentes o la preferencia por los ritos breves), la Archidiócesis aún no ha contemplado qué va a pasar con las primeras comuniones, que están pendientes de nueva fecha.

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