Coronavirus en Sevilla

Mil novecientas familias de Sevilla se beneficiarán de las ayudas al alquiler por el Covid-19

La Junta de Andalucía abre este miércoles 8 de julio el plazo para solicitar las ayudas extraordinarias al alquiler de vivienda habitual

La Junta de Andalucía abre este miércoles 8 de julio el plazo para solicitar las ayudas extraordinarias al alquiler de vivienda habitual con el objetivo de minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias con escasos recursos. En concreto, en Sevilla, el importe de las ayudas asciende a 7.097.094 euros , de los que se beneficiarán aproximadamente 1.973 familias sevillanas .

En concreto, las ayudas se podrán solicitar desde hoy 8 de julio hasta el 30 de septiembre y la solicitud podrá presentarse telemática o presencialmente, en registro con cita previa. Esta ayuda se podrá solicitar con carácter retroactivo desde el 1 de abril y durante un periodo de seis meses, hasta el 30 de septiembre , según consta en la Orden Ministerial.

«Son muchos sevillanos los que se encuentran en estos momentos bajo la incertidumbre de pagar el alquiler de sus hogares y la Junta está poniendo todos los mecanismos indispensables para poder ayudarlos, con los fondos de los que dispone Andalucía para las políticas de vivienda», ha subrayado Susana Cayuelas, delegada de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Requisitos para solicitar las ayudas al alquiler

Empleo: los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomo con una disminución de los ingresos del 30 por ciento.

Vivienda: además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad.

Ingresos: con carácter general los ingresos deben ser menores de tres veces IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.

Dónde presentar la solicitud

La solicitud de ayuda deberá presentarse en el Registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía , en la dirección web https://juntadeandalucia.es/servicios/ayuda/presentacion-electronica.html . La documentación acreditativa se podrá presentar telemática o presencialmente, en registro cita previa.

Estas ayudas fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.

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