LA PACIENTE TENÍA 66 AÑOS

Condenan al SAS por la incorrecta atención médica a una mujer que murió de un infarto de miocardio

En el Virgen Macarena, pese a la anomalía del electro, decidieron darle el alta sin que la viera un cardiólogo

Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla KAKO RANGEL

ABC

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar a la familia de una mujer de 66 años, identificada como E.V.C. , a la que no se atendió correctamente pese sus antecedentes de infarto de miocardio.

En la sentencia, el juez estima parcialmente el recurso presentado por la familia de la víctima, cuya defensa jurídica la ha llevado María Jesús Villalpando, abogada especialista en derecho sanitario y adscrita a los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente.

Los hijos de la víctima no han querido hacer pública la cuantía de la indemnización por considerar que «lo importante es la condena al sistema andaluz de salud».

Los hechos se remontan al 16 de noviembre de 2010, cuando la paciente, con antecedentes de un infarto dos años antes, acudió al centro de salud del municipio sevillano de Gerena con síntomas, de manera que se le practicó un electrocardiograma y fue remitida al Hospital Virgen Macarena de Sevilla donde, «pese a verse la anomalía del electro», decidieron darle el alta sin que la viera un cardiólogo.

Según critica El Defensor del Paciente, «lo que ya no tiene explicación» es la asistencia del día 28 de noviembre, 9 días más tarde, cuando acudió nuevamente al centro de salud de Gerena con un fuerte dolor en el pecho que se irradiaba a la mandíbula y brazo izquierdo, momento en el que el centro «dejó por escrito que el electro daba alterado, remitiéndola increíblemente otra vez a su casa».

Al día siguiente, la paciente tuvo que ser ingresada en el hospital universitario Virgen Macarena con un shock cardiogénico que se produjo cuando el corazón «estaba tan dañado que no pudo bombear la suficiente sangre a los distintos órganos del cuerpo», lo cual la condujo días más tarde al fallecimiento, todo ello pese a que la paciente «llevaba con síntomas desde el mes de octubre».

El juez considera que la actuación sanitaria prestada en el centro de salud de Gerena hasta el día 16 de noviembre, y el día 30 de ese mismo mes, y en el Hospital Virgen Macarena en estas dos fechas, «se ajustó al deber objetivo de cuidado», pero asevera que «lo que no justifica la Administración demandada, ni su aseguradora es la correcta actuación médica en la asistencia prestada el día 28 de noviembre de 2010».

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