Sevilla

Condenan a 29 años de cárcel por matar y quemar a una mujer en un piso en la Cruz Roja

El acusado había contactado con la víctima a través de una página de web de contactos sexuales; le robó la cartera y usó su tarjeta en varia compras, lo que alertó a la Policía

El acusado del crimen de la Cruz Roja, con la capucha el chaquetón puesta, durante el primer día del juicio Rocío Ruz

Jesús Díaz

El crimen de una mujer en un piso del entorno de la avenida de la Cruz Roja de la capital en julio de 2020, cuyo cadáver fue hallado calcinado, ya tiene sentencia. Jorge A.G., de 51 años, ha sido condenado a 29 años de cárcel por un delito de asesinato, uno de robo con violencia, daños y estafa .

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular que juzgó este crimen , ahora la Audiencia de Sevilla, a través del fallo redactado por la magistrada Encarnación Gómez, impone la pena de prisión que en su momento solicitaron la Fiscalía y la acusación particular, que ha ejercido el letrado Alejandro Gómez.

La muerte violenta de Rosalía, de 54 años, se produjo durante la tarde del 20 de julio de 2020 . Ese día Jorge A.G., a través de la página de contactos pasion.com , tras efectuar varias llamadas a otros números que no fueron atendidas, consiguió hablar con la víctima, , que se anunciaba en dicha página y con la que concertó una cita para mantener relaciones sexuales a las 18.00 horas del mismo día.

En el anuncio, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, Rosalía ofrecía un ambiente discreto , indicándole ésta, únicamente y por motivos de seguridad personal , que la vivienda donde se iba a realizar el contacto radicaba en la zona de la avenida de la Cruz Roja de esta capital, pero sin concretar exactamente la dirección. Hasta allí se desplazó el acusado «con el propósito de mantener relaciones sexuales y de apoderarse de cuantos efectos de valor pudiera hallar en la vivienda».

Sobre las 17.50 horas, cuando el acusado se encontraba ya en la zona, Rosalía le facilitó la dirección, la calle José Rodríguez Guerrero , pero no el número, siendo por mensaje de Whatsapp remitido a las 17.57 horas cuando ésta le concretó el número de la vivienda.

Tras franquearle la entrada Rosalía, ella le dijo que se duchara en el baño próximo al dormitorio principal donde iba a tener lugar la relación sexual. Después el acusado accedió al dormitorio principal y Rosalía se echó sobre la cama desnuda de cintura para abajo.

Murió asfixiada

Fue en ese momento, según la sentencia, cuando el acusado, «con la intención de acabar con su vida», para facilitar la sustracción de los objetos que se encontraban en el lugar y garantizar su impunidad, «se echó sobre ella y durante la práctica del acto sexual, de forma sorpresiva, la inmovilizó a la altura del tórax con su cuerpo o con alguna parte del mismo para impedir que ésta pudiera defenderse, y colocando una toalla u objeto similar sobre su cuello lo presionó con sus manos con tal fuerza física que llegó a fracturarle la primera costilla de ambos lados , produciéndole la muerte por asfixia mecánica entre las 18.00 y las 18.30 horas«.

El acusado, a continuación, se hizo con los dos teléfonos móviles de la víctima, una cartera, un ordenador portátil y una lámpara led. Ahí están los hechos del robo. Pero no cesó ahí su actos violentos y delictivos, sino que el acusado, «con intención de eliminar cualquier vestigio biológico que pudiera asociarlo al lugar de los hechos», antes de abandonar el domicilio recogió la toalla que había usado y la guardó en la mochila, y «con el fin de eliminar cualquier vestigio biológico suyo», prendió fuego en alguna de las dependencias de la vivienda de Rosalía, provocando un incendio que se extendió hasta el colchón donde yacía el cadáver de ésta y abandonó la vivienda, que la víctima tenía alquilada.

Tras acceder a la vivienda, los bomberos hallaron el cuerpo sin vida de Rosalía sobre la cama con quemaduras de tercer grado. El acusado, desde que abandonó la vivienda hasta que fue detenido por la Policía un día después, hizo uso de la tarjeta bancaria de la víctima , fingiendo ser su legítimo titular, un total de 16 ocasiones para abonar distintas compras y consumiciones en distintos establecimientos de hostelería, ascendiendo el importe de lo así gastado, con cargo a la cuenta de la que aquella era titular a 195,29 euros.

El acusado ya había sido condenado en 2011 a más de seis años de cárcel por robo con violencia, lesiones y allanamiento de morada . Ahora deberá indemnizar a la hija de la víctima en la cantidad de 100.000 euros y al propietario del piso incendiando deberá pagarle 10.5000 euros por los daños.

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