TRIBUNALES

El condenado por asesinar a puñaladas a su tía en San Diego deberá cumplir la pena en un psiquiátrico

La Audiencia Provincial le impone diez años y medio de reclusión en un centro penitenciario

La víctima recibió más de cuarenta puñaladas por parte de su sobrino JESÚS SPÍNOLA

S. L.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a diez años y medio de cárcel, que deberá cumplir en un centro psiquiátrico penitenciario, a José Gómez Ortiz , el acusado de matar de 42 puñaladas a su tía el día 7 de mayo de 2015 en la barriada sevillana de San Diego porque la culpaba de la muerte de su perro .

En la sentencia, la Audiencia Provincial condena al acusado a dicha pena por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y con la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica dada la esquizofrenia paranoide que padece, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

De igual modo, condena al acusado a indemnizar con un total de 200.000 euros al marido, el hijo, la madre y tres hermanos de la víctima, de 48 años de edad e identificada como Carmen Gómez Suárez, todo ello teniendo en cuenta «la pérdida en esas circunstancias tan trágicas e impactantes».

Asimismo, la Audiencia condena a una hermana de la víctima, María Benita G.S., a 18 meses y 1 día de cárcel por un delito de omisión del deber de impedir delitos o promover su persecución, con la concurrencia agravante de parentesco, por «no haber denunciado ni avisado a persona alguna de las intenciones de José de dar muerte a su tía».

Tal y como recoge la sentencia consultada por Europa Press, el jurado declaró probado que, días antes del 7 de mayo de 2015, el acusado acudió junto con la víctima a un veterinario con motivo de una enfermedad que padecía un perro de su propiedad, aunque el animal terminó falleciendo.

Como quiera que el imputado «culpaba» a la víctima de la muerte del perro, se dirigió sobre las 12,00 horas del día 7 de mayo al taller de cerámica que regentaba su tía en San Diego portando oculta una navaja de unos diez centímetros de hoja.

Dolor y sufrimiento «inhumano»

Al llegar al lugar y llamar a la puerta, la fallecida abrió la misma, momento en que el acusado, «con la intención de acabar con su vida», le apuñaló con la navaja hasta en 42 ocasiones , causándole numerosas heridas en cabeza, cuello, región dorsal, tórax, abdomen y extremidades superiores, heridas que afectaron a órganos vitales como corazón, pulmones o hígado y que le produjeron la muerte.

El jurado consideró probado que el acusado «utilizó la navaja de forma sorpresiva e inesperada y sin dar lugar a reacción alguna por parte de Carmen», mientras que el imputado le causó un dolor y sufrimiento inhumano al no poderse producir el desenlace final hasta el término de la agresión».

La Audiencia considera que se trata de un asesinato con alevosía y ensañamiento partiendo de que el acusado «propinó a la víctima 42 puñaladas, en las que se puede observar cómo las heridas no causaron la muerte inmediata y que durante las puñaladas la mujer estuvo viva», por lo que «es claro concluir, como lo hizo el jurado, en el ánimo perverso e inhumano de aumentar el dolor de la víctima que guió la conducta del acusado».

El crimen podría haberse evitado

Respecto a la acusada, señala que días antes de los hechos estuvo con el imputado, quien «le manifestó de forma inequívoca su intención de acabar con la vida de su tía», pese a lo cual «no denunció ante las autoridades tal circunstancia ni avisó a persona alguna de las intenciones de José» a fin de «evitar el resultado que finalmente se produjo, pese a ser plenamente conocedora de las mismas y pese a conocer la más que probable consumación del acto anunciado , atendiendo al carácter agresivo de José y a la enfermedad que padecía».

Según asevera la Audiencia, la acusada «ni advirtió a los familiares ni a los agentes de Policía de la intención de José de matar a su tía , pudiendo hacerlo sin peligro propio o ajeno, y de haber actuado solidariamente, acaso el luctuoso suceso no hubiera acontecido o se podían haber minimizado sus efectos».

En su declaración en el juicio, el acusado admitió que acabó con la vida de su tía porque ésta había «matado» a una perra de su propiedad y se mostró arrepentido de haber cometido el crimen.

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