Tribunales
Cárcel por abusar sexualmente de su cuñada de 13 años en su propio domicilio
La Audiencia de Sevilla impone a este varón de 45 años una condena de once años de cárcel y al pago de 12.000 euros a la víctima
Con una diferencia de edad de más de 30 años , A.F.L. buscó enamorar a la hermana de su mujer, que sólo contaba con 13 años . Vivían juntos bajo el mismo techo. Ese empeño le llevó a abusar de ella sexualmente , primero con tocamientos, después con acceso carnal. Por estos hechos, ocurridos entre diciembre de 2017 y julio de 2018 , la Audiencia de Sevilla ha condenado a este varón a once años de cárcel .
El acusado, que ahora cuenta con 45 años , fue juzgado el pasado 11 de noviembre por un tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla , que en una sentencia, firmada un solo día después, condena al varón por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.
A.F.L. vivía con su mujer en el mismo domicilio que la víctima, nacida el 5 de febrero de 2005 . En diciembre de 2017, el acusado tuvo conocimiento de que la menor ya había tenido su primer periodo menstrual. Entonces comenzó el acercamiento a su cuñada, que en aquel momento contaba sólo con doce años. La finalidad, según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a este periódico, era «evidente»: «satisfacer sus apetencias sexuales» . Estos contactos se repitieron hasta julio de 2018.
En una primera fase, el acusado comenzó a darle a conocer a la menor los temas sexuales, mostrándol e vídeos de contenido sexual e, incluso, manteniendo con ella conversaciones de esta naturaleza. Todo esto «lejos del resto de familiares» que convivían con ellos.
Según expone el tribunal en su fallo, el acusado, durante el mismo mes de diciembre, le dijo a su cuñada menor de edad que dejase la puerta de su habitación abierta, de modo que, «en reiteradas ocasiones y a altas horas de la madrugada, el acusado accedía a su dormitorio para despertarla con tocamientos » en sus partes más íntimas. Los abusos sexuales con penetración se produjeron en el salón, ocultos tras la cortina de esta habitación y de madrugada.
Intercambio de fotos sexuales
Además, entre agresor sexual, que fue mandado a prisión provisional en agosto de 2018, y víctima existieron conversaciones a través de la aplicación WhatsApp en las que hubo intercambio de fotos y vídeos de contenido sexual.
Por estos episodios de abusos, la menor no sufrió lesión física alguna, pero le han quedado secuelas de alto grado de malestar consigo misma, estilo autoinculpatorio y autodevaluación.
El tribunal apunta que el acusado se prevaleció de su condición de marido de la hermana de la víctima, que generó una situación evidente de superioridad. El acusado, en el juicio, reconoció los tocamientos y el envío entre ambos de las fotos de contenido sexual, pero negó los abusos con penetración.
Por su parte, la menor, en la declaración de la prueba preconstituida, afirmó que su cuñado le piropeaba y agasajaba con regalos (25 euros y unos zapatos). Le decía que era muy guapa, que ella era la primera, incluso antes que su mujer, que huyeran juntos porque estaba enamorado de ella. «La menor se enamoró infantilmente del acusado». Su declaración, para el tribunal, mereció «total credibilidad» . No hubo motivos espurios o de animadversión, hasta el punto de que intentó minimizar los hechos protagonizados por el marido de su hermana.
Libertad vigilada
La madre de la menor tuvo conocimiento de estos episodios de abusos estando de vacaciones en Málaga. A su hija la llamaban al móvil más allá de las doce de la noche. Cogió una de esas llamadas. Después examinó el móvil y vio las conversaciones de WhatsApp con el acusado. La víctima le confesó a sus padres lo que estaba sucediendo.
La sentencia condenatoria de la Audiencia de Sevilla impone a A.F.L. once años de cárcel, la prohibición de aproximación a la víctima ni a cualquier otro lugar en la que se encuentre a una distancia inferior de 300 metros, y comunicarse con ella por cualquier medio, en ambos casos por un periodo de 17 años.
Además, se fija una medida de libertad vigilada durante nueve años y durante 15 años no podrá ejercer profesión u oficio que conlleve contacto con menores. El acusado deberá indemnizar a la víctima con 12.000 euros por los daños morales sufridos.
Noticias relacionadas