Calendario de apertura comercial de festivos en Sevilla en 2017

El calendario aprobado incluye diez días de fiesta y sigue permitiendo la apertura de tiendas en Semana Santa y el domingo previo a la Fería

Comercio del centro ABC

M.B.

Hasta un total de diez festivos podrán abrir sus puertas los establecimientos comerciales en Andalucía, según el calendario apobado por el Consejo Andaluz de de Comercio para el próximo año 2017.

Los días previstos, son los siguientes:

- 2 de enero (lunes)

- 8 de enero (domingo)

- 2 de julio (domingo)

- 15 de agosto (martes)

- 3 de septiembre (domingo)

- 12 de octubre (jueves)

- 26 de noviembre (domingo)

- 8 de diciembre (viernes)

- 17 de diciembre (domingo)

- 24 de diciembre (domingo)

A ello hay que unir los días que podrán abrir libremente los comercios de zonas declaradas de gran afluencia turística . En Sevilla, según la resolución de la Dirección General de Comercio de 26 de diciembre de 2014, se declaró la zona del Casco Antiguo como Zona de Gran Afluencia Turística durante la Semana Santa , desde el Domingo de Ramos hasta el Sábado Santo ambos incluidos. Y también el domingo correspondiente a la semana anterior a la Semana Santa y los dos domingos posteriores a la citada semana, lo que incluía por tanto el domingo de Preferia . Como esa resolución tiene vigencia hasta el año 2018 , el próximo año 2017 los comercios de esa zona podrán hacer uso de esa potestad para abrir como, de hecho, hicieron el pasado año el Jueves y el Viernes Santo .

Según la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, la aprobación del calendario ha contado con el respaldo de la mayoría de los miembros del Consejo , órgano que vela por una distribución equilibrada de días de apertura a lo largo de todo el año.

Además de fijar las condiciones de aplicación del calendario para domingos y festivos, la normativa andaluza establece que tendrán plena libertad para determinar horarios de apertura los establecimientos de pastelería y repostería ; pan y platos preparados; prensa, carburantes y floristerías ; las tiendas de conveniencia; los comercios instalados en puntos fronterizos, y estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.

También disponen de libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados , a excepción de aquellos que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.

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