El Ayuntamiento aprueba un protocolo para evitar abusos sexuales a menores en instalaciones deportivas públicas

Esta medida, pionera en España, contiene normas como la necesidad de presentar un certificado negativo de antecedentes sobre delitos de naturaleza sexual a todas las personas que participen en este tipo de programas

Un grupo de niños en la piscina ABC

ABC

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado inicialmente, con el apoyo de PSOE, PP, C's e IU y la abstención de Participa Sevilla, el Reglamento de Régimen Interno de las Instalaciones Deportivas Municipales y el protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso y abuso sexual a menores en éstas.

Según ha detallado el concejal de Deportes, David Guevara , el documento «garantiza la calidad del servicio» al regular aspectos como el uso de taquillas, la entrada de vehículos o los criterios de preferencia de uso que atienden a las necesidades de niños de edad escolar, grupos de integración social o competiciones. Además, incorpora un protocolo frente al acoso o el abuso a menores para prevenir, establecer procedimientos de actuación y definir respuestas ante la identificación de este tipo de conductas.

Este protocolo, que se va a difundir entre todas las entidades, se apoya en las recomendaciones del Consejo Superior de Deportes y de la legislación vigente. Contiene además medidas como la necesidad de presentar un certificado negativo de antecedentes sobre delitos de naturaleza sexual a todas las personas que participen en este tipo de programas.

Guevara asegura que este documento regularlas bases de utilización del marco de uso de las instalaciones municipales, a la vez que «garantiza los derechos y deberes de los usuarios», constituyendo un conjunto de consideraciones «útiles para la convivencia, a la vez que se toman las medidas necesarias para proteger a los menores ante posibles delitos de naturaleza sexual».

De su lado, la concejal de Participa Cristina Honorato cree que es importante tener en cuenta cuestiones de fondo y forma que llevará a las alegaciones, como plantear «no sólo los deberes sino también los derechos de los usuarios», la apuesta por la accesibilidad y el trabajo por la igualdad, «luchando contra el patriarcado que todo lo impregna», especialmente en el ámbito deportivo.

Medidas genéricas que han de adoptarse

● Difusión del protocolo entre todas las entidades usuarias de instalaciones y del programa deportivo del IMD en general.

● Especial atención a grupos deportivos de menores de 12 años: Las medidas preventivas deben reforzarse en los grupos de menores de 12 años, por cuantoes un colectivo más indefenso y vulnerable.

● Información visible en las instalaciones, zonas comunes y vestuarios: El Centro Deportivo dispondrá de forma visible en sus instalaciones la información en la que se recoge la normativa de uso de las diferentes salas y espacios deportivos, conforme a lo establecido en el presente documento. La dirección del Centro Deportivo facilitará copia del protocolo a las entidades usuarias del mismo para su divulgación e información de sus asociados. Igualmente el IMD y las entidades concesionarias de la gestión de los centros deportivos recogerán en su página web este documento.

● Petición certificado de antecedentes: El IMD y las entidades concesionarias de los centros deportivos de titularidad pública, requerirán la presentación del certificado de antecedentes penales de delitos de naturaleza sexual de cada persona que participe en cualquiera de sus programas dirigido a menores 3.2.-

Medidas de carácter específico

Medidas dirigidas a evitar que un menor se encuentre a solas con un adulto en lugares cerrados de las instalaciones deportivas, como son los vestuarios, botiquines, oficinas, etc.:

● Locales o salas: oficinas, aulas, salón de acto, almacén...:

▪ Las reuniones con menores de 12 años deben de ser en presencia de otro adulto (padre, madre, directivo, etc...)

▪ Esta prohibido el cierre de los locales o espacios con llave durante su uso.

▪ Ha de estar regulado el control del uso de este tipo de salas mediante horario, autorización y un control de las personas que acceden al mismo.

▪ Informar a los usuarios de estas normas que son de obligado cumplimiento y colocación de la misma en las puertas de entrada a estosrecintos.

● Vestuarios

▪ Solo estará permitido el acceso a personal autorizado, llevándose un control de uso y de su acceso.

▪ Los menores de 8 años para los cambios de ropa debe de realizarse por los padres.

▪ Queda prohibido el uso de los vestuarios con posterioridad a la actividad deportiva

▪ Queda prohibido el cierre con llave de los vestuarios durante su uso.

▪ Queda prohibido el uso conjunto de los vestuarios de menores y adultos.

▪ Se ha de colocar en la puerta de entrada a vestuarios las Normas de uso de los mismos.

▪ Queda prohibido el uso de dispositivos de grabación de imágenes (cámaras de foto, videos o móviles).

▪ Es obligatoria la presencia siempre de dos adultos, evitándose la situación de un adulto a solas con un menor.

● Botiquines

Son salas en las que se desarrollan tratamientos, derivados de traumatismos, donde deben de actuar personal cualificado para ello, como son los Médicos, ATS, Fisioterapeutas.

▪ Quedan prohibidas en menores de 12 años, salvo para una cura in situ y siempre con presencia de dos adultos.

▪ Queda prohibido el cierre con llave de los Botiquines durante su uso.

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