TRÁFICO
El Ayuntamiento anula la multa al ama de casa de 66 años de Nervión a la que acusó de ser una «gorrilla»
El verdadero motivo de la sanción era una infracción común de tráfico y tampoco fue ella quien la cometió sino su hijo
El Ayuntamiento de Sevilla ha anulado la multa que le notificó a Rosario , un ama de casa de Nervión de 66 años, a la que acusaba de ejercer de «gorrilla» en una calle del barrio, según confirmaron a ABC fuentes de la familia de la mujer. El error municipal fue doble: la multa estaba destinada a su hijo, no a ella ; y no se trataba de ninguna multa «por ofrecer un lugar para aparcar un coche en la vía pública, con la intención de obtener un beneficio económico, no siendo persona autorizada para ello» , tal y como rezaba el texto de la sanción, sino de una infracción común de tráfico que nada tenía que ver con ninguna práctica intimidatoria contra los conductores del barrio de Nervión.
Esta multa, la correcta , ya ha sido pagada por el hijo de Rosario, mientras que la notificada a la ama de casa acusada de «gorrilla» en el expediente abierto por el Ayuntamiento fue anulada el mismo lunes por la mañana, tras la publicación en ABC de la noticia, que causó un gran revuelo en las redes sociales.
No más chándal en la calle
La sanción llenó de perplejidad a su destinataria, un ama de casa sexagenaria a la que se acusaba de ejercer de «gorrilla» en la vía pública, concretamente en la calle Santa Joaquina de Vedruna , cercana a la avenida de San Francisco Javi er. Según contaba a ABC su hijo Julio, su madre se lo tomó con humor y filosofía y le comentó, medio en broma y medio en serio: « Yo no soy ninguna gorrilla, pero no volveré a salir a la calle en chándal ni en zapatillas de deporte, por si acaso ». Esta mujer no suele usar gorra y tampoco se ha dedicado nunca a aparcar coches en la vía pública.
La notificación de la sanción tampoco le llegó a su domicilio de Nervión, sino al de su hijo Julio, en Los Bermejales. Seguramente otra tecla mal dada en algún ordenador municipal.
El policía local que firmaba la denuncia ahora anulada aseguraba también que la razón de que la sanción no se le hubiera notificado a a ella en persona en el acto de la comisión de la presunta infracción es «boletín incompleto», esto es, que faltaba algún dato de la persona denunciada. En la notificación que su hijo recibió en su domicilio todo estaba «completo»: el día y la hora de la denuncia («el 25 de febrero de 2015 a las 19:25 horas»);el nombre, apellidos y DNIde su madre;y el lugar («calle Santa Joaquina Vedruna, delante del número 4»).
La falsa infracción cometida se consideraba de carácter leve, conforme a la ordenanza de convivencia (el artículo 33, referido a la actividad de los «gorrillas») y se multaba con la cantidad de 30 euros, que se reducía a 15 euros por pronto pago.