La Audiencia de Sevilla avala las descalificaciones entre políticos
La Sección Sexta ha revocado la condena al primer teniente de alcalde de Dos Hermanas, el socialista Agustín Morón, por insultar al candidato de Ciudadanos, Manuel Varela, en un Pleno del Ayuntamiento
Los políticos pueden insultarse entre ellos en los plenos y parlamentos . Ese es el argumento con el que la Audiencia Provincial de Sevilla ha revocado por completo la sentencia del juzgado número 6 de Dos Hermanas que condenó al primer teniente de alcalde del Ayuntamiento, el socialista Agustín Morón , a indemnizar con 60.000 euros al que fuera candidato de Ciudadanos en esta ciudad, Manuel Varela , por una intromisión en su intimidad y por lesionar su derecho al honor durante un pleno municipal. Varela denunció a Morón por participar en el chantaje para que renunciara a su candidatura —un caso que va a ser juzgado próximamente y del que Morón fue absuelto—. El socialista llegó a ser citado como investigado, pero luego el juez archivó la causa contra él. En este contexto, la oposición pidió un pleno extraordinario para tratar el tema y ahí el primer teniente de alcalde se defendió de las acusaciones del candidato de Ciudadanos alegando que «está comprobado científicamente que los consumidores habituales de esta sustancia mienten de forma habitual», en referencia a lo que supuestamente se veía en el vídeo con el que se ejecutó la extorsión. La Sección Sexta de la Audiencia, en una sentencia dictada por el magistrado Marcos Antonio Blanco, es clara en este sentido: « Descartemos ya que la calificación de mentiroso al adversario político en el seno de los debates políticos y dentro de las instituciones pueda ser atentatorio al derecho al honor», ya que es «habitual el desgaste político del adversario» y el término «mentiroso no es interiorizado por la sociedad actual como una afrenta a la dignidad del adversario político». La sentencia añade que en este tipo de pugnas entre miembros de distintos partidos se refuerza la libertad de expresión « cuando la ejerce un cargo político en el marco institucional donde se produce el debate, en el foro específico para la discusión política en el ejercicio del mandato que se recibió de los electores».
Por todo ello, el tribunal «no encuentra invasión alguna del demandado —Agustín Morón— sobre el honor y la intimidad del demandante —Manuel Varela—, lo que excusa cualquier valoración sobre el perjuicio moral». El juzgado número 6 había condenado al socialista a pagar 60.000 euros al que fuera candidato de Ciudadanos por descalificarlo en en el Pleno, pero esta medida ha sido revocada y, además, la Audiencia impone las costas del primer juicio a Varela. Por lo tanto, Morón cierra con éxito el frente judicial que se abrió contra él después de la extorsión al candidato de Ciudadanos, por la que serán juzgado un antiguo responsable del PP y un periodista local.
No obstante, contra esta sentencia aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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