La Audiencia reabre la investigación por los ataques al autobús de Hazteoir en Sevilla
Además, ordena la práctica de diligencias para esclarecer los autores
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha revocado la decisión del Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla de archivar la causa que investigaba los ataques sufridos por el autobús de Hazteoir a su paso por la capital andaluza en marzo de 2017 .
En concreto, el tribunal ha dictado dos autos, tras aceptar sendos recursos de la organización, en los que revoca las decisiones tomadas por el órgano instructor, tanto para el sobreseimiento de la causa como para la denegación de la práctica de diligencias solicitadas por la acusación.
En el primero de ellos, el tribunal rechaza la acción del juez instructor de denegar la práctica de diligencias solicitadas por Hazteoir, consistente en la aportación de ciertas grabaciones de medios , su estudio fisionómico por la Policía Nacional , informe forense sobre las lesiones sufridas por un miembro de la asociación y que se remitan las facturas obrantes en autos para la tasación de los desperfectos causados en el autobús.
La Audiencia recuerda que esta causa investiga lo acaecido durante la campaña del autobús de Hazteoir en Sevilla en marzo de 2017 , en cuyo paso por la ciudad, en concreto frente al Palacio de San Telmo , se produjeron ciertos altercados que reclamaron la intervención policial. Entonces se identificaron a algunas de las personas que atacaron el vehículo, lanzando incluso una bicicleta debajo del mismo y ocasionando daños en retrovisores o luna delantera.
Archivo prematuro
Para el tribunal «resulta obvio que bajo estas premisas las diligencias interesadas consistentes en la aportación a la causa de las grabaciones que distintos medios que cubrieron la información pudieran tener de los episodios, así como su estudio y análisis por la Policía para lograr la identificación de los autores de cada una de las acciones, resultan pertinentes ".
Del mismo modo, la realización de un informe forense de quien formuló querella por haber sufrido lesiones o haber sido agredido, pues claramente se trata de un delito perseguible de oficio y no fue expresamente excluido en el trámite de admisión de querella sin que existan impedimentos a la ampliación de la misma.
Teniendo en cuenta esta primera resolución, el tribunal revoca el sobreseimiento y archivo de la causa por parte del juzgado instructor. «No estando culminada la instrucción e investigación de la causa resulta prematuro acordar el sobreseimiento y archivo de la causa», sobre todo porque «algunos de los protagonistas de las acciones denunciadas han sido identificados policialmente».
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