SENTENCIA DE LA AUDIENCIA
Condenan a una sevillana a entregar el 15% de una casa a su hermana de padre
Nació fruto de una aventura extramatrimonial y la esposa aceptó adoptar a la nueva hija de su marido
La sección 8 de la Audiencia de Sevilla ha confirmado el 29 de diciembre pasado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia 13 de Sevilla , que obligó en 2015 a Milagros P.A. a entregar el 15 % de una vivienda situada en Sevilla Este a su hermana de padre, Macarena P. A. La demanda se basaba en la existencia de un acta notarial donde Milagros, propietaria registral de la vivienda, manifestaba que pese a que ella ponía a su nombre el 100 % de la vivienda, en realidad el 15 % le correspondía a su hermana Miagros, nacida fuera del matrimonio de sus padres, siendo biológica del padre y adoptada por su madre. Una vez fallecido el padre, la titular registral de la vivienda se negó a cumplir lo manifestado por ella misma, según el letrado de la demandante, José María Carnero Salvador.
Además del acta notarial de manifestaciones, los tribunales han tenido en cuenta otras pruebas, como la testifical del ex marido de la demandada, quien describió con detalle «que fue la madre quien puso el dinero a sus hijas para que éstas efectuaran la adquisición del inmueble» o la testifical de la madre, Ana A. J. de ambas partes, quien manifestó que «existía un propósito común de proteger a su hija adoptiva, entonces menor de edad, protección que se había de proyectar sobre la vivienda».
Milagros, la hermana demandanda, precisó ante la Audiencia que la venta del 15% a su hermana fue simulada y respondía exclusicamente al deseo del padre y la madre de las ligitantes de que su hermana Macarena no quedara desamparada y pudiera residir en el piso hasta que libremente decidiera marcharse, lo que hizo en el mes de octubre de 2005, invocando la doctrina jurisprudencia relatival a la simulación relativa en los contratos. Sin embargo, la hermana mayor no aportó ninguna prueba documental que acreditara que ella había pagado con sus recursos la vivienda.
Para José María Carnero Salvador, letrado de la «hermanastra» , la sentencia «hace finalmente justicia con la penosa situación de su representada, quien ha tenido que tomar la dolorosa decisión de demandar a su propia familia para recuperar lo que su difunto padre le donó en vida y que su hermana trataba de apropiarse». Este abogado niega que su cliente abandonara voluntariamente la casa y asegura que al hacerlo obligada tuvo que ir a un albergue de Huelva y después fue recogida por unos familiares. «Se trata de un caso muy duro porque mi cliente fue fruto de una relación extramatrimonial del padre de los litigantes y su esposa finalmente aceptó adoptar a esa hija, de la que después renegó en el juicio», añadió.
El fallo es, a juicio de este abogado, «de una claridad irrefutable, sin que la parte demandada haya podido demostrar que la vivienda era exclusivamente suya. No ha podido acreditar ni un solo pago de la hipoteca que pesaba sobre la finca, precisamente porque la vivienda fue abonada en su integridad por los padres de ambas, siendo la intención de estos de donarles a sus hijas dicha vivienda. Al ser mi representada menor de edad, se decidió poner a nombre de la mayor la vivienda pero con el compromiso ante notario de entregarle el 15 % a la pequeña cuando esta fueras mayor de edad. Lejos de cumplir el deseo del difunto padre, la demandada pretendía apropiarse en su totalidad de una vivienda que no lo era. Afortunadamente, todos los jueces que han visto el pleito han opinado igual que esta parte».
«Ahora -concluye José María Carnero- solo resta llevar un testimonio de la sentencia al Registro de la Propi edad de Sevilla para poner a nombre de mi cliente su porcentaje de propiedad sobre la vivienda y compartir en dicha proporción los derechos y obligaciones que se derivan del dominio sobre la misma».
No obstante, Milagros y su madre Ana niegan que «Macarena sea fruto de una relación extramatrimonial del marido difunto, como afirrma gratuitamente el abogado José María Carnero. «El padre adoptivo no donó en vida nada a Macarena. Fue Milagros la que firmó un acta notarial años después de morir el padre», señalan fuentes próximas a la familia de Milagros, que aseguran que ésta «ha pagado integramente el piso fruto de su trabajo» y que su «su madre no trabajaba en los años en los que se pagó el piso, como se pudo demostrar con la vida laboral de ella por lo tanto no tenía ingresos».
Milagros afirma que «acata» pero no comparte la sentencia «porque es un contrato simulado». Las mismas fuentes indican que «Milagros ha ofrecido a Macarena una indemnización por ese porcentaje, pero la mediación del ex marido de Milagros ha evitado de momento el acuerdo. La vivienda en cuestión estaba destinada en herencia al hijo común entre Milagros y Carlos pero Carlos ha preferido que su hijo pierda el 15 por ciento para que se inscriba a nombre de una hermana adoptiva de su ex mujer».