Archivan la causa contra la procesión de la vagina de plástico de Sevilla
El Juzgado entiende que los hechos denunciados no son constitutivos de delito y que corresponden a la libertad de expresión
La procesión de una vagina de plástico por las calles de Sevilla no es un delito. Así lo considera una sentencia del Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla a la que ABC de Sevilla ha tenido acceso. El magistrado, por lo tanto ha decidido archivar la causa , según se ha notificado a las partes este miércoles.
«La libertad de pensamiento , de conciencia y de religión representan uno de los logros de las sociedades democráticas», comienza argumentando la sentencia, que entiende que no se ha producido ofensa por la procesión de lo que se llamó «el coño insumiso», por las calles de Sevilla.
A juicio de este sentencia, «las investigadas intentaron exteriorizar en la manifestación opiniones contrarias o discrepantes con la Iglesia Católica y con el fin de apoyar los derechos laborales de la mujer . Esa burla que pudieron realizar no consta se hiciera con el fin de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros», explica.
Así, «el no creer en los dogmas de una religión y manifestarlo públicamente entra dentro de la libertad de expresión », por lo que resuelve archivar la denuncia interpuesta por las Asociación de Abogados Cristianos».
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