Denuncian al Ayuntamiento de Sevilla por los incidentes de la pasada Madrugada
El colectivo de abogados personados en la causa argumentan que la medidas de seguridad se deberían haber tomado antes a raíz de los sucesos de los años 2000, 2005, 2009, 2009 y 2017
![Un grupo de abogados demandará al Ayuntamiento de Sevilla por los incidentes de la Madrugada](https://s2.abcstatics.com/media/sevilla/2018/02/24/s/incidentes-madrugada-ayuntamiento-kJcE--1240x698@abc.jpg)
Los incidentes de la pasada Madrugada siguen trayendo cola. En este caso, a raíz del pleito existente que varios abogados están llevando a cabo en representación de un grupo de personas que se vieron afectadas el año pasado.
En este caso, estos letrados, pertenecientes a cuatro bufetes diferentes, van a demandar al Ayuntamiento de Sevilla como responsable civil subsidiario «por no haber tomado las medidas que en la actualidad se han anunciado en materia de seguridad».
En concreto, los abogados Francisco Serrano, Ramón Carbajal, Fernando Rodríguez Galisteo y Ernesto Sanguino , personados en las diligencias que investiga los sucesos de la Madrugada del Viernes Santo de 2017, argumentan que los hechos que se investigan « se han venido repitiendo en la Madrugada del Viernes Santo los años 2000, 2005, 2009, 2015 y, por último, en el pasado 2017, por lo que entendemos que se debieran haber tomado medidas anteriores para impedir estos hechos».
Este grupo de abogados van a requerir que se apliquen los artículos 522 y 523 del Código Penal, no sólo para los más de 60 defendidos por lesiones, sino « para todas aquellas personas que no completaron su estación de penitencia en la Madrugada del Viernes Santo».
Entienden que en virtud de los mencionados artículos, el hecho de no haber podido completarla responde a «actos de violencia, intimidación y amenazas dirigidos, tanto a impedir practicas os actos propios de las creencias que se profesen (art. 522)», así como «se sanciona al que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare tales actos (art. 523)».
Por ello, los bufetes Serrano Abogados, Carbajal & Asociados, Bufete Gavidia Abogados y Sanguino Abogados entienden que esos delitos sancionan conductas contra los sentimientos religiosos y la libertad de culto.
Asimismo, informan que han sido admitidas a trámite la «solicitud de nuevos testimonios», por lo que se ha admitido la solicitud al Ayuntamiento de Sevilla para que aporte la planimetría completa de la Carrera Oficial, desde el inicio en la plaza de la Campana hasta la plaza Virgen de los Reyes.
En este planimetría deben reflejarse la anchura por donde transitan los cortejos de las cofradías, así como las medidas de los diferentes tramos donde se sitúan las sillas y la distancia de pasillos traseros que pueden servir como vías de evacuación.
Por último, este grupo de abogados aseguran que «ha sido admitida la solicitud a la hermandad de Jesús del Gran Poder para que se identifique a los tres diputados de tramo a los que se refiere el testigo A.G.B, penitente de esta hermandad, en su declaración a la Policía».
Este periódico se ha puesto en contacto con el Ayuntamiento de Sevilla para recabar su punto de vista, pero fuentes consultadas aseguraron que el Consistorio no iba a emitir comunicado alguno al respecto.
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