tribunales
Condenan a tres años de cárcel al taxista que arrolló y causó la muerte de «Pato»
El joven Patricio Rico falleció tras un accidente provocado por el conductor del taxi, que hizo un giro prohibido en La Palmera
La familia de Patricio Rico Barrilero, conocido como «Pato», joven de 17 años que murió en febrero del año pasado en un accidente provocado por un taxista se ha mostrado «satisfecha» por la sentencia que acaba de emitir el Juzgado de lo Penal nº 4 de Sevilla, que condena al conductor del taxi a tres años de cárcel.
La pena impuesta, que incluye, privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores en un plazo de cuatro años y a la pena de inhabilitación especial para ejercer su profesión por cinco años, aunque «no diluye ni un milímetro la pena y el dolor» de la familia, sí permite «que salga a relucir la verdad y quede restablecido su honor».
En la sentencia se condena al taxista M.L.C. a tres años de cárcel por los delitos de homicidio imprudente y conducción temeraria por la muerte de «Pato», que conducía un ciclomotor y que falleció dos días después del choque que se produjo el día 2 de febrero de 2013 al realizar el primero un giro antirreglamentario e ir a mayor velocidad de la permitida en el cruce de las avenidas Cardenal Bueno Monreal y La Palmera.
El juez considera probado que M.L.C., que iba con una pasajera, «con absoluto desprecio a las normas más elementales de seguridad y reguladoras del tráfico, y con desprecio a la vida o integridad de los demás conductores, su clienta y el mismo, realizó el giro a la izquierda a una velocidad inadecuada para incorprerarse a La Palmera».
«Pato», que conducía un ciclomotor, no había consumido alcohol, iba con el casco reglamentario «y circulaba correctamente por la avenida Bueno Monreal y a una velocidad correcta —no superaba los 33 kilómetros por hora—, con su semáforo en verde», por lo que no pudo evitar la colisión. «Pato» sufrió un «traumatismo craneo-abdominal severo» que le provocó la muerte el 3 de febrero a las ocho de la tarde.
En la sentencia se hace referencia a que la conclusión del informe de la Guardia Civil sobre la actuación del taxista, que «iba a una velocidad de 38 kilómetros por hora —cuando debía circular a 25 o 30—, «no puede ser más categórica». Igualmente, se refiere a la Policía Local, a cuyos agentes el condenado mintió afirmando que el menor se había saltado un semáforo en rojo. Prueba de que la víctima se encontró sorpresivamente con el taxi es que no había señales de frenazo de la moto.
El taxista sólo reconoció los hechos y mostró arrepentimiento «en un intento de poder obtener una sentencia más favorable», tal y como queda reflejado en la sentencia, que también recoge que M.L.C. dijo a la clienta que trasladaba «que si no iba a declarar a favor de él diciendo que el semáforo de la víctima estaba en rojo, que se fuera». Esta testigo declaró «que se asustó muchísimo cuando vio que giraba a la izquierda, ya que ella sabía que estaba prohibido»