Todas las claves del circuito de balnearios del Imserso para 2023: fechas, precios, requisitos...

El Programa de Termalismo arranca como de costumbre en febrero, abriendo dos bloques de plazas para poder recibir los tratamientos

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Una mujer recibe un tratamiento en un balneario ABC

Fran Piñero

Sevilla

Un año más, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) convoca cuantiosas plazas para el Programa de Termalismo, que dará comienzo en febrero de 2023.

Sin ir más lejos, el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 29 de noviembre ofrecía todos los detalles para optar a las 192.000 vacantes que se vuelven a poner a disposición de todas aquellas personas que cumplan los requisitos exigidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

De entrada, bastará con residir en España y formar parte de alguno de los siguientes grupos: pensionistas de jubilación o incapacidad permanente; pensionista de viudedad con un mínimo de 55 años; pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad; o ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con un mínimo de 65 años de edad.

El requisito corporal

Después, la salud de la persona será un factor clave para recibir la plaza: Desde encontrarse en estado físico óptimo para poder desempeñar las actividades cotidianas básicas a tener una dolencia que precise del tratamiento termal. Reunir ambos supuestos es obligatorio.

Es más, no sólo se debe precisar del tratamiento, sino además contar con una puntuación lo suficientemente alta para optar a los diferentes turnos balnearios. En ello influirá la necesidad de la terapia, la situación económica, la edad, el no haber gozado previamente del programa o ser miembro de familia numerosa.

El BOE aclara además que podrán optar a plaza «las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a 65 años».

Eso sí, los requisitos de salud siempre han de cumplirse. Tanto es así, que el cónyuge, pareja de hecho o compañero estable de vida también puede disfrutar del Programa de Termalismo aún sin ser pensionista siempre que precise del tratamiento dispensado en el balneario.

También podrán hacerlo los hijos con discapacidad del 45 por ciento o más, alojados en la misma estancia que sus padres y siempre en el mismo turno.

Precios y servicios

Hay más de 70 balnearios repartidos por toda España que se pueden elegir para disfrutar de este programa del Imserso. Solo en Andalucía se ofrece casi una decena, con especial protagonismo de la provincia de Granada.

Por tomar de ejemplo la comunidad andaluza, la opción más económica sale por 217,57 euros y la más elevada, por 491,38 euros. En esta cuantía se incluyen no sólo la prescripción y desarrollo de los tratamientos termales así como su seguimiento médico, sino además alojamiento en habitación doble compartida y régimen de pensión completa; actividades de animación y póliza colectiva de seguro (salvo coberturas por Covid-19).

En algunos casos se brinda de manera gratuita un servicio de transporte entre el balneario y la localidad más cercana (el primer día y el último). Pero a rasgos generales, el desplazamiento corre de la cuenta del beneficiario de la plaza.

Hay que tener en cuenta que hay dos modalidades de estancia (10 o 12 días, o lo que es lo mismo, nueve u once pernoctaciones) y que tanto eso como la época del año elegida para disfrutar del Programa influirán en las variaciones de precio.

Una vez otorgada la plaza habrá que abonar 40 euros en concepto de reserva (los plazos vendrán indicados en la notificación de beneficiario) y no será hasta el primer día de la estancia en el balneario cuando se completará el pago con la cantidad restante.

Plazos y solicitudes

Lo primero que hay que saber es que las estancias termales se dividen en dos grandes bloques: la primera, que comprende los meses de febrero a agosto y la final, que va desde septiembre a diciembre.

Según a la que se aspire habrá que enviar las solicitudes dentro de unos plazos límite. Así, el bloque 1 tiene como tope el 9 de enero (se amplía respecto a la edición de 2022, cuyo último día de solicitud fue el 31 de diciembre de 2021), mientras que la segunda tanda puede pedirse hasta el 15 de mayo.

También se habilita una lista de espera que sigue otro plazo paralelo de envío de formularios: el 14 de mayo (para optar a plaza hasta agosto) y el 15 de noviembre (para optar a las últimas plazas del año).

La solicitud se formalizará en base al modelo que figura como anexo I de la publicación del BOE, que puede consultar en este enlace. Se presentará debidamente a través de la sede electrónica del Imserso; en los registros electrónicos y oficinas relacionados en el artículo 9 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio; o enviándolas al apartado de correos número 61.285, 28080 de Madrid.

Una vez remitidas, sólo quedará esperar una notificación de la Dirección General del Imserso. El BOE avisa de que podría llegar a demorarse hasta tres meses -contados a partir del día tope de solicitudes de cada período-.

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