TRIBUNALES
Una pelea en la puerta de una cafetería en Utrera termina con los dos implicados condenados
El TSJA confirma la sentencia impuesta por la Audiencia de Sevilla a ambos por delitos de lesiones
Una pelea ocurrida hace más de dos años en la puerta de u na cafetería en Utrera tras una discusión entre dos hombres ha terminado con la condena de ambos protagonistas por un delito de lesiones, aunque con distinta pena para cada uno.
Francisco Javier S.M. fue condenado por la Audiencia de Sevilla a una pena de un año de cárcel y al pago de una indemnización de cuatro mil euros a Rafael R.M., el otro implicado, que fue condenado a dos meses de multa con cuota diaria de seis euros.
Este fallo ha sido ratificado íntegramente ahora por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , rechazando de este modo el recurso interpuesto por la defensa de Rafael contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla con el propósito de aumentar la cuantía de la indemnización y absolver a su cliente.
Según los hechos probados por la Audiencia de Sevilla, el 17 de enero de 2018 , sobre las 20,30 horas, junto a una cafetería de la localidad utrerana, se produjo una discusión entre los inculpados por motivos desconocidos, en el curso de la cual se agredieron mutuamente, propinando Francisco Javier a Rafael varios puñetazos en el rostro y éste golpeando a Francisco Javier en el rostro y otras zonas de su cuerpo.
Como consecuencia del intercambio de golpes, Rafael sufrió un hematoma periocular en ojo derecho, erosiones en tabique nasal y fractura de huesos propios, habiéndole quedado como secuelas alteración de la respiración nasal y desviación del tabique.
Por su parte, Francisco Javier sufrió policontusiones, hematoma molar derecho y en la frente, eritema en cuello y erosiones en rodillas. Según la Audiencia de Sevilla, en el juicio no quedó probado que Rafael amenazara al otro implicado y a la esposa de éste con meter fuego a la cafetería para matarlos .
Para el TSJA, «es lógico y racional, con independencia de quién de los dos pudo haber iniciado la reyerta , es que las lesiones sufridas por Francisco Javier, de tipo leve, y consistentes en policontusiones y erosiones en rodillas, fueron causadas por la persona que con él peleaba y que sufrió igualmente lesiones de más gravedad, Rafael. Y es que pese a que Rafael negó la agresión y dijo que solo puso las manos para evitar ser agredido, Francisco Javier manifestó que las lesiones sufridas por él le fueron causadas de un puñetazo que le propinó Rafael, por tanto procede desestimar su absolución.
Con respecto al aumento de la indemnización , el TSJA recuerda que la acusación particular sólo la ejerció la Fiscalía por lo que la defensa de Rafael no está legitimada para solicitar una indemnización, ni mucho menos un aumento.
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