Cádiz
TSJA confirma un año de cárcel para un hombre por amenazas a una mujer tras mantener relaciones sexuales
El hombre fue condenado por enviar audios y un vídeo con amenazas e insultos a la mujer tras una denuncia por abuso | La Audiencia Provincial de Cádiz absolvió al hombre del delito de abuso sexual con penetración
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de un año de prisión a un hombre por un delito de amenazas graves a una mujer con la que mantuvo relaciones sexuales y que fue interpuesta en 2023 por la Audiencia Provincial de Cádiz, rechazando de esta manera la apelación del condenado.
En los antecedentes de hecho de la sentencia, recogida por Europa Press, se expone que el hombre mantuvo en abril de 2021 relaciones sexuales con la mujer en el domicilio de ésta «sin que conste que no fueron consentidas» y que dos días después, se presentó denuncia acusándolo de haberla violado mientras dormía.
Ante esto, el condenado, empleando móviles «de titularidad ajena» envió cuatro audios en Whatsapp profiriendo insultos y amenazas a la denunciante, además de un vídeo en el que le mostraba el pene.
La Audiencia Provincial de Cádiz absolvió al hombre del delito de abuso sexual con penetración y lo condenó a un año de cárcel y a una orden de alejamiento de cinco años sobre la víctima, además de al pago de 400 euros de indemnización por daños morales.
No obstante, la defensa presentó un recurso, considerando error en la valoración de las pruebas, al negar el condenado haber sido quien envió dichos mensajes y que «los únicos datos incriminatorios» es que la voz de los audios es «muy similar» a la suya y que la ropa que aparece en el video, «sin que se le vea el rostro», coincide con la que llevaba en la noche que pasó en casa de la víctima.
Sobre esto, el TSJA establece que en la sentencia de la Audiencia, la mujer manifestó en el juicio reconocer la voz del acusado, y que la misma «posee un timbre muy característico», hasta el punto que los integrantes del tribunal que lo juzgó «también la identificaron». Además, se señala que la ropa del vídeo coincide con una foto tomada por la mujer en la noche que pasó con él, por lo que «no existe vacío probatorio» y se rechaza el motivo de la apelación.
Por todo esto, el Tribunal desestima el recurso de la defensa y confirma la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Cádiz, en la que se le condena a un año de prisión por un delito de amenazas graves.
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