Provincia
El Tribunal de Cuentas condena al alcalde Carmona por pagar de más a una trabajadora
La trabajadora cobró a pesar de ausentarse de sus tareas durante casi ocho meses
El Tribunal de Cuentas ha condenado al alcalde de Carmona, Juan Ávila (PP) , a pagar casi 1.400 euros por permitir que una empleada municipal y componente del comité de empresa del Ayuntamiento cobrase por horas que no trabajó , ya que estaba dedicada a sus funciones de representación sindical.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento estima parcialmente la demanda de la Fiscalía, que solicitaba un castigo de 8.502,37 euros, y castiga a Ávila con el pago de 1.393,06 , de los que abonará 224,94 como responsable contable directo y 1.168,12 solidariamente con el interventor municipal J.M.O.F.
El Tribunal, por otra parte, desestima la demanda contra los también interventores A.M.M., M.C.V. y J.A.M.G.
En el juicio, celebrado el pasado 14 de marzo, quedó probado que C.A.M. disfrutó de un permiso a tiempo completo para el ejercicio de funciones de representación a pesar de que su sindicato, UGT, pasó de seis a cinco miembros en el comité de empresa entre 2011 y 2015 , con lo que la trabajadora redujo de 180 a 100 las horas mensuales para sus funciones sindicales.
Según la Fiscalía, C.A.M. tuvo entre 2012 y 2016 «una dispensa total» de sus tareas en la lavandería de una residencia municipal «para dedicar la jornada completa a tareas sindicales», pero «el número máximo de horas» que le podía dedicar «era inferior al de su jornada como trabajadora del Ayuntamiento», por lo que hubo « una diferencia de horas que debió haber trabajado y no lo hizo».
A pesar de eso, «percibió del Ayuntamiento la totalidad de sus retribuciones», lo cual derivó en 656,25 horas no trabajadas entre el 15 de julio de 2012 y el 7 de marzo de 2016 y un perjuicio de 8.502,37 euros para las arcas municipales .
El Tribunal admite que controlar el horario de trabajo del personal no es competencia del alcalde ni los interventores, sino de los responsables de recursos humanos del Ayuntamiento, y que no hubo «ninguna advertencia» sobre la irregularidad «al menos hasta el 9 de junio de 2015», cuando CCOO-Sevilla la denunció.
Por eso exime al alcalde de cualquier responsabilidad hasta ese momento, pero recuerda que «continuó ordenando el pago íntegro de las retribuciones» a la trabajadora «incluso después del reparo» que un interventor formuló en agosto de 2015 y afirma que al «no comprobar en los meses posteriores si la irregular situación había sido regularizada», su conducta fue «gravemente negligente ».
En cuanto a J.M.O.F., empezó su trabajo como interventor del Ayuntamiento el 7 de septiembre de 2015, pero «resulta poco verosímil que no fuera informado del reparo formulado días antes por el anterior interventor», dicen los magistrados, que lo condenan a pagar junto al alcalde los 1.168,12 euros que la empleada cobró de modo indebido desde septiembre de 2015 a marzo de 2016.
Los 224,94 euros que pagará Ávila solo son lo que la trabajadora cobró en exceso en agosto de 2015.