Tribunales
Segundo imputado por el crimen de la nave de El Gordo
La juez corrige su primera decisión y señala que hay indicios de una posible implicación del empresario en el asesinato que confesó su empleado

La juez de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Carmona ha imputado dos presuntos delitos de homicidio/asesinato y tenencia ilícita de armas a José María Y.T ., el patrón del exmilitar cubano que confesara el crimen del hombre que fue hallado muerto en noviembre de 2015 en una gasolinera del polígono Calonge .
En un auto fechado el día 30 de enero, la juez acuerda continuar la causa por los trámites del tribunal del jurado contra Alberto H.B., que se encuentra preso en la cárcel de Huelva , y contra su patrón por dos delitos de homicidio/asesinato y tenencia ilícita de armas y los cita a una comparecencia el próximo día 16 de marzo.
En octubre de 2016, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ordenó investigar a José María , apodado como el Gordo y propietario de la nave situada en la urbanización Mataluna , en Carmona, donde la víctima, Manuel Jiménez recibió los disparos que posteriormente acabaron con su vida. La familia de Manuel lo considera el instigador del crimen y quien le dio la orden a su subordinado de disparar.
La juez, que había cerrado la instrucción el año pasado con un único imputado, reabrió la investigación tras prosperar el recurso de la acusación particular. En el último auto señala que del resultado de las diligencias practicadas «no hace decaer la existencia de indicios preliminares de la posible participación» de José María en el homicidio/asesinato investigado «si se atiende a la declaración» del exmilitar y a los datos obrantes en las actuaciones, «donde existen manifestaciones contradictorias y, en algunos aspectos desmentidas por Alberto H., que habla de un único disparo y no de dos, ente otros extremos«.
Igualmente, y tal y como sostiene la Audiencia, «las contradicciones y desmentidos apreciados en las declaraciones» de dos de las personas inicialmente investigadas por un delito de encubrimiento «permiten dudar de la veracidad de lo ocurrido en cuanto al modo en que se producen los hechos».
Del mismo modo, la juez atribuye un delito de tenencia ilícita de armas al exmilitar y a su patrón, ya que la escopeta con la que el primero disparó a la víctima había sido robada y ninguno de los dos tenía licencia para su uso, agregando que Alberto dijo que fue José María quien se la entregó, «un extremo desmentido por éste, pero, no obstante, la escopeta se guardaba en la nave donde sucedieron los hechos propiedad del mismo».
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