TRIBUNALES
Nuevo juicio contra el exalcalde de La Algaba José Luis Vega
Un jurado popular juzgará al ex primer edil y al exconcejal de Urbanismo por la concesión de una licencia de obras para la construcción de 81 naves industriales en unos terrenos de la localidad
José Luis Vega, el exalcalde de IU de La Algaba , cuenta en su currículum, entre otras, con una condena de 42 meses y dos días de inhabilitación especial para empleo o cargo público por dos delitos de prevaricación administrativa cometidos en la contratación de las ediciones de 2006 y 2007 del Festival Internacional de Teatro y Música del municipio; otra de 2016 de nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación ; y antes había sido condenado a dos años y seis meses de cárcel por un delito de cohecho . A partir del próximo 13 de marzo tendrá que volver a sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgado por un jurado popular por un delito de malversación .
Lo hará junto al exconcejal de Urbanismo Pedro Agüera (PP) . Precisamente, la Fiscalía sólo acusa a éste,para quien reclama cinco años de cárcel y que indemnice con 300.000 euros al Ayuntamiento, mientras la acusación que ejerce el Ayuntamiento de La Algaba, actualmente gobernado por el socialista Diego Manuel Agüera Piñero, acusa del delito de malversación a ambos y pide para cada uno de ellos seis años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 15 años, así como que, en concepto de responsabilidad civil, indemnicen de manera solidaria al Consistorio con 300.000 euros.
Los hechos juzgados tienen su origen en una licencia de obras para la construcción de 81 naves industriales en unos terrenos de la localidad . El Ministerio Público relata en su escrito, facilitado a este periódico por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , que en el año 2006 el investigado contra el que dirige su acusación era teniente de alcalde y concejal delegado de Urbanismo en el Ayuntamiento, un cargo que «desempeñaba con excesivo celo debido a las diferencias políticas con el alcalde y otros miembros del Gobierno local que pertenecían a otras formaciones políticas».
Según el fiscal, ello motivó que «ejerciera un control directo de todos los proyectos y promociones atinentes» a las competencias de la Delegación de Urbanismo, entre las que se encontraba la solicitud de licencia de obras para la construcción de 81 naves industriales que una promotora presentó en enero de 200 6 .
En este sentido, añade que ello originó la incoación de un expediente de licencia de obras , con pago el 12 de abril de 2006 por parte de la promotora de las tasas correspondientes a dicha licencia, siendo informado favorablemente por los técnicos del Ayuntamiento y motivando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de concesión de licencia urbanística para las 81 naves.
300.000 euros en tasas
La Fiscalía precisa que dicho acuerdo incluía un punto donde se establecía la condición de que el promotor procediera a la liquidación de derechos y tasas por importe de 256.979,24 euros , señalando este acuerdo que «antes del inicio de las obras debía constituir garantía por importe del seis por ciento del presupuesto general de las obras de urbanización» y especificando que «la garantía citada se constituirá en la Tesorería de la Corporación en metálico, valores de deuda pública o aval de entidad bancaria de reconocida solvencia o de crédito o caución».
«Con la finalidad de pago de dicha garantía», ascendente a 300.000 euros, el representante legal de la promotora acudió al Ayuntamiento el 14 de junio de 2006 y entregó el citado importe en metálico al entonces concejal de Urbanismo, una cantidad que «no fue ingresada por el acusado en las arcas municipales , no emitiéndose carta de pago por la Intervención Municipal, ni constando entrada en la cuenta de la Tesorería municipal, ni su pago entre las liquidaciones del expediente de licencia urbanística», según expone el Ministerio Público.
La Fiscalía, asimismo, asevera que «no consta que el acusado haya empleado esta cantidad para pago a proveedores del Ayuntamiento, disponiendo libremente el mismo de los 300.000 euros como si fueran de su titularidad , apartándolos de su destino y finalidad de servir de depósito y garantía del cumplimiento de las obligaciones urbanísticas por el promotor, debiendo proceder el Ayuntamiento a su devolución».
El Ministerio Fiscal expone que esta devolución fue reclamada por la mercantil mediante escrito de 7 de octubre de 2010 tras la ejecución y recepción de las obras incluidas en el proyecto de urbanización, siendo denegada por la Corporación municipal conforme a las certificaciones del interventor municipal y de la Tesorería municipal que informaban de «la inexistencia de ingresos» por dicha cantidad.
En sentencia firme de 28 de mayo de 2013, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó el recurso de apelación interpuesto por la mercantil reconociendo su derecho a «percibir la suma de 300.000 euros entregada al Ayuntamiento demandado en concepto de fianza, más los intereses legales», y acordando la deducción de testimonio contra el ex concejal de Urbanismo.
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