Tribunales
Más de 15 años de cárcel para el menor de los «Caseros» por matar al «Pelúo» en Écija
El abuelo, padre y hermano del principal acusado han sido condenados por la Audiencia de Sevilla a penas de entre dos años y medio y cuatro años de prisión por amenazas, tenencia ilícita de armas y lesiones
![El principal acusado, el primero por la izquierda, junto a su hermano y su padre](https://s2.abcstatics.com/media/provincia/2020/11/17/s/acusados-crimen-ecija-kp3H--1248x698@abc.jpg)
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a quince años y tres meses de cárcel a Jesús R.M., el hijo menor de los «Caseros» , por matar en octubre del año 2018 a Manuel Reyes, un miembro del clan de «los Raspas», conocido por «el Pelúo» , en el transcurso de una reyerta entre las dos familias en la finca donde vivían los acusados, a las afueras de Écija . Jesús R.M. disparó a Manuel Reyes con una escopeta de perdigones para la que carecía de licencia.
Por su parte, la Audiencia también ha condenado a su abuelo (Manuel R.M.), su padre (José Manuel R.P.) y su hermano (José Manuel R.M.) a penas que van desde los dos años y medio y cuatro años de prisión por delitos de amenazas, tenencia ilícita de armas y lesiones con uso de arma . Los tres están en libertad provisional. Todo ello por las lesiones causadas a seis miembros de los «Raspas».
Tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular a finales del mes pasado, la Audiencia de Sevilla condena a Jesús R.M. a catorce años de cárcel por un delito de homicidio ; al pago de una multa total de 5.400 euros por las lesiones causadas a seis de los miembros de los «Raspas», a los que no podrá comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros durante seis meses, y a un año y tres meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas . La Fiscalía, tras asumir que el jurado lo consideró culpable de homicidio y no asesinato, rebajó sus peticiones de 33 años a 16 y medio de cárcel.
Pudo provocar más de una muerte
Para establecer estas penas, la Audiencia, según la sentencia facilitada a este periódico por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, tiene en cuenta «la gravedad de los hechos ejecutados, que en el caso de la muerte y heridas causadas con la escopeta la consideramos de especial consideración, al haber podido provocar no solo el fallecimiento» de la víctima, «sino de más personas que estaban junto a él y que fueron alcanzadas por los perdigones que contenían los cartuchos detonados y cuya peligrosidad debía conocer al ser uno de los poseedores de dicha arma».
Asimismo, la Audiencia condena a su padre y a su abuelo , por un delito de lesiones con uso de arma, a cuatro años de cárcel y la prohibición durante seis años de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de uno de los lesionados, todo ello «dadas las circunstancias como se desarrollaron los hechos, la utilización de una navaja o arma similar y la forma de ejecución de las heridas, demostrativas de una actuación rayana en un delito de mayor entidad ».
![El cuarto acusado, el abuelos de los «Caseros», durante el primer día de juicio](https://s1.abcstatics.com/media/provincia/2020/11/17/s/abuelo-crimen-ecija-kp3H--510x349@abc.jpg)
De igual modo, la Audiencia impone al cuarto acusado, José Manuel R.M., un año y tres meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas y otro año y tres meses de cárcel y la prohibición durante cuatro años de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de los seis afectados por un delito de amenazas , y ello en consideración a la utilización de una pistola de fogueo y la afectación a distintas personas
En concepto de responsabilidad civil , el principal condenado, Jesús R.M., deberá indemnizar a los familiares cercanos de la víctima en la cantidad que se fije en ejecución de sentencia y con un total de 21.312,61 euros a cinco de las personas lesionadas , mientras que, de forma conjunta y solidaria con los otros tres condenados, indemnizará con 2.979 euros al sexto de los agredidos, según establece la Audiencia en la sentencia, fechada el día 12 de noviembre y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA.
De Córdoba a Écija
La sentencia pone un punto y seguido, porque se esperan recursos de las partes a esta decisión, a unos hechos que tuvieron lugar el día 22 de octubre de hace dos años . Sobre las 14.00 horas se produjo un «incidente» en Córdoba en el que intervinieron miembros de las dos familias, cuyas divergencias venían de atrás a causa del contrabando de tabaco.
Dos de los acusados y una de las personas que resultó finalmente lesionada, que estaba acompañada de otros familiares, se agredieron mutuamente . Tras ello, y sobre las 16,00 horas de ese mismo día, el fallecido se dirigió junto con varios familiares y amigos de los «Raspas» a una finca ubicada en el camino de Cuesta Blanca de Écija , propiedad de la familia de los acusados, lo que hicieron «con intención de hablar con ellos sobre el tema que había causado el incidente de Córdoba, desprovistos de armas u otros medios e instrumentos peligrosos».
Según el jurado, los acusados se acercaron a la cancela de entrada a la finca y les invitaron a entrar en la misma, pero la víctima apreció «una situación extraña» y, mientras dos de los condenados abrían el cerrojo de la cancela para que entraran, «él lo cerraba diciendo que no, que se quedaban fuera», siendo abierta finalmente por uno de los investigados.
En ese momento, José Manuel R.M., que se encontraba en el porche de una de las viviendas de la finca junto con su hermano Jesús, extrajo una pistola detonadora que llevaba oculta, de apariencia similar a un arma de fuego real, y realizó un disparo al aire «con ánimo de infundir temor real y efectivo a los miembros» de la familia del fallecido, todo ello al tiempo que gritaba «al suelo».
El jurado también consideró probado que el principal condenado, Jesús R.M., cogió una escopeta que tenía oculta y, «con ánimo de atentar contra la vida e integridad física» de los miembros de la otra familia, «disparó contra ellos en tres ocasiones al tiempo que se acercaba a donde estaban», provocando el fallecimiento de Manuel Reyes y lesiones en cinco de sus acompañantes. Esta escopeta «era poseída y utilizada respectiva e indistintamente» por los hermanos José Manuel y Jesús R.M., quienes carecían de licencia y permiso para ello y de la correspondiente guía de pertenencia.
Tras los disparos, los miembros de la familia de la víctima emprendieron la huida con la excepción de uno de ellos, que no pudo hacerlo al ser agarrado por las piernas por el abuelo, quien le hizo caer al suelo, sujetándolo mientras su hijo José Manuel R.P., «con ánimo de atentar contra su integridad física», le apuñaló con una navaja. Finalmente, pudo zafarse de estos dos acusados, pero antes de poder huir fue alcanzando por Jesús R.M., quien, «con ánimo de atentar contra su integridad física, le golpeó con el cañón de la escopeta recién detonada, causándole quemaduras en ambos costados».
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