TRIBUNALES

En libertad los tres acusados del «crimen de las cuñadas» tras la decisión del TSJA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acordó anular el juicio celebrado en febrero en el que fueron condenados a 23 años y ordenó la repetición del juicio con nuevo jurado y magistrado

Las dos hermanas y el varón acusados saliendo de los juzgados en una imagen de archivo Raúl Doblado

Jesús Díaz

La primera consecuencia de la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de anular el juicio por el conocido como «crimen de las cuñadas» y, como consecuencia, la sentencia condenatoria no se ha hecho esperar. La Audiencia de Sevilla ha acordado este jueves la puesta en libertad de los tres acusados : Rosa y Carmen N.S. y Francisco Javier M.R., quienes fueron condenados a 23 años de cárcel por el asesinato de Anabel D.V., en una sentencia que se ha declarado nula. Tendrán que volver a sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgados, aunque no se conoce la fecha exacta.

Ayer miércoles se supo que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, atendiendo parcialmente los recursos presentados por las defensas de las dos hermanas, ejercidas por Diego Silva y Esperanza Lozano, acordaba la nulidad del juicio y, por consiguiente, la nulidad del veredicto de culpabilidad del jurado y de la sentencia emitida en marzo de este año y en la que la magistrada-presidenta del tribunal, Esperanza Jiménez, imponía 23 años de cárcel a cada uno.

Esta decisión del Alto Tribunal andaluz suponía un vuelco en toda a regla al caso. Tendrá que haber nuevo juicio con nuevo jurado y nuevo magistrado-presidente .

Sin embargo éste no ha sido el único sobresalto que ha vivido este procedimiento. Inicialmente las personas que iban inculpadas por el asesinato de Anabel D.V., la viuda de uno de los hermanos de las acusadas, eran Francisco Javier, Rosa N.S. y Elena N.S., otras de las hermanas. Pero una rueda de reconocimiento antes del juicio con jurado lo cambió todo. La testigo protegido no reconoció a Elena y sí a Carmen como una de las personas que la mañana del 19 de abril de 2016 estuvo en la casa de Anabel en La Rinconada.

Vulneración del derecho de defensa

La causa, que por entonces ya estaba en la Audiencia, tuvo que volver al Juzgado de Instrucción para que que Elena fuera excluida e imputar a Carmen. Precisamente, las testigos protegidos y su declaración en el juicio han sido la clave para la sorpredente decisión del TSJA. Declararon por videoconferencia y sólo pudieron ser vistas por el jurado. Su identidad, a pesar de la petición de los abogados defensores, pues reservada ante posibles represalias.

Para los abogados defensores esta decisión de la magistrada les causó indefensión, por lo que acudieron con este argumento al TSJA, que ahora les da la razón y ordena repetir el juicio . Las declaraciones de las testigos protegidos, a pesar de que no fueron coherente en todo momento en relación a la identificación de los tres acusados tanto en la rueda fotográfica como en el plenario, es la única prueba, según el Alto Tribunal andaluz, para fudamentar la condena de las dos hermanas y el varón, que fue pareja de una de ellas.

Tras la decisión del TSJA, las defensas solicitaron su puesta en libertad porque ya no están condenados y vuelven a la situación procesal de acusados. Si bien, cabe recordar que Rosa, Carmen y Francisco Javier, antes del juicio, estaban en libertad provisional tras pasar un tiempo en prisión.

La decisión de la Audiencia no se ha hecho esperar y la propia magistrada Esperanza Jiménez ha acordado la puesta en libertad provisional de los tres acusados, que deberán cumplir una serie de medidas cautelares que aseguren su disponibilidad para con el tribunal del jurado.

Así, se les ha impuesto la obligación de comparecencia los día 1 y 15 de cada mes en el Juzgado de Instrucción que corresponda al partido judicial de su residencia, y caso de recaer el día de presentación en festivo, el siguiente hábil. Además, se impone la prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros a la calle Gerardo Diego de la localidad de La Rinconada , donde vivía Anabel y donde fue asesinada.

Se les apercibe a los acusados de que los incumplimientos podrán implicar la modificación de la situación personal acordada y en su caso la deducción de testimonio por la posible comisión de ilícito penal por quebrantamiento .

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