Consorcio Sierra Sur

El juez del fraude del reciclaje excluye al alcalde socialista de Casariche pese a la oposición del fiscal

Tanto el Ministerio Público como las acusaciones rechazan esta decisión del instructor, tomada tras el informe caligráfico sobre las firmas de Basilio Carrión

Acceso a la planta de residuos de Estepa EFE

Jesús Díaz

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Estepa , que está al frente de la investigación del presunto fraude en la planta de reciclaje del Consorcio de Medio Ambiente Sierra Sur y el desvío de fondos a las sociedades de los cabecillas de la trama, el secretario-interventor del Consorcio, José Antonio Mañas, y del jefe de la planta, Manuel Ibáñez, ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa para el alcalde de Casariche, el socialista Basilio Carrión , después del informe caligráfico sobre su firma que pone en duda que éste sellara algunos documentos claves para los hechos bajo sospecha. Esta decisión judicial llega pese a la oposición de la Fiscalía y las acusaciones particulares y populares.

En esta causa, donde el juez instructor eleva el posible desfalco a 3,4 millones , se investigan hechos que podrían constituir delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude y negociaciones prohibidas a funcionarios .

La decisión del juez se produce a petición de la defensa de Carrión y después de que se presentara en la causa una prueba pericial caligráfica sobre las firmas del alcalde de Casariche y quien fuera presidente del Consorcio cuando ocurrieron los hechos investigados, allá por 2016.

Dicho informe, según recoge el auto del juez al que ha tenido acceso este periódico, descarta la intervención de Basilio Carrión en los contratos de arrendamiento suscritos el 12 de enero de 2016 y el 22 de noviembre de 2018 entre el Consorcio de Medio Ambiente Estepa-Sierra Sur y Magno Ambiental , empresa de Mañas e Ibáñez. Tampoco intervino en el certificado de mantenimiento de relaciones contractuales, siendo éstos precisamente los documentos mediante los cuales se habría favorecido o consumado la perpetración de los presuntos hechos delictivos relacionados en el párrafo anterior.

Informe de la UDEF

Sobre estos documentos y Magno se pronuncia la UDEF en su último informe, donde señala que está más que demostrado que Mañas e Ibáñez controlaban Magno, el medio usado para defraudar los fondos públicos de distintos organismos públicos como el Consorcio, la Mancomunidad de Municipios de la Sierra Sur o el Ayuntamiento de Los Corrales.

En los años 2016 y 2019, el Consorcio, con la participación de Mañas como secretario-interventor, suscribió sendos contratos de arrendamientos de camiones para la recogida de basura con Magno , que debía aportar en enero de 2016 tres vehículos recolectores a cambio del pago mensual de 10.890 euros; y desde febrero de 2019, otros dos camiones por 14.520 euros al mes.

« Magno ha incumplido de manera reiterada el objeto de ambos contratos », asegura la Policía Nacional . La contratación de Magno fue «arbitraria y dirigida a satisfacer los intereses particulares de Mañas e Ibáñez». La actuación de Magno beneficiaba a Mañas e Ibáñez y suponía un sobrecoste del servicio en perjuicio del Consorcio.

Basilio Carrión, alcalde del PSOE de Casariche ABC

En este sentido, el juez señala en su auto que la trascendencia de la firma del investigado , entonces presidente del Consorcio, para la comisión de tales hechos es puesta de relieve incluso por la propia acusación popular de Izquierda Unida: «recordemos que sin su firma no se podían haber cometido los delitos».

Descarga en los funcionarios

El juez también atiende las explicaciones dadas por Carrión en su declaración como investigado, en la que sostenía que rubricaba cuanto se le presentaba a la firma «confiando en el buen hacer de los órganos técnicos» , en los funcionarios. Declaró no saber nada de lo que se investigaba, escudándose en los técnicos y en la confianza en los papeles que éstos le ponían por delante: «me limitaba a firmar».

Para el instructor, estas afirmaciones parece encontrar cierto apoyo en el resultado de la instrucción, ya que en s u declaración el alcalde de Casariche admitió la posibilidad de haber firmado incluso documentos que la prueba pericial caligráfica ha evidenciado que no firmó. «Resulta llamativo que hayan sido precisamente los documentos antes mencionados los que no aparecen firmados por el entonces presidente del Consorcio, lo que es indicio de que tales documentos podrían haberse sustraído al conocimiento del investigado», expone el auto, al que ha tenido acceso este periódico.

Carrión tenía «confianza» en el secretario-interventor y empresario, José Antonio Mañas, lo que «habría dificultado aún más» que Carrión pudiese percatarse de las irregularidades que presuntamente se estarían cometiendo en el seno del Consorcio con la contratación con la empresa Magno.

En su argumentario para excluir al alcalde socialista de Casariche, el juez alude al informe de Cristina Guevara Martínez, auditora del departamento de Corporaciones Locales de la Cámara Cuentas de Andalucía , en el que se verifica la falta de adaptación del Consorcio a la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que ordena la adscripción de los consorcios a una Administración Pública, con el consiguiente déficit de control y fiscalización del ente.

En este sentido, José Antonio Mañas, como secretario-interventor, era el interlocutor con la Cámara de Cuentas de Andalucía , aunque nunca atendió las peticiones de información de dicho organismo. De esto se infiere, según el juez, que Mañas tenía interés en que el Consorcio «permaneciese al margen de una posible actuación fiscalizadora externa , dificultando con ello que el presidente --Carrión-- pudiese tener conocimiento, a través de los correspondientes órganos de control, de las irregularidades que presuntamente se estaban produciendo».

¿Hay indicios?

Por todo esto, el juez considera que no existen indicios lo suficientemente sólidos para mantener a Basilio Carrión como investigado en esta causa, pues «no se tiene constancia de que existiese un concierto previo, o una cooperación necesaria, activa u omisiva, del entonces presidente del Consorcio en la estrategia urdida por los principales investigados para, presuntamente, defraudar al ente público y obtener un ilícito beneficio a través de la asignación a Magno de los contratos de arrendamiento de servicios investigados».

«Todo lo más, en su caso, habría existido una suerte de favorecimiento involuntario, o incluso ingenuo, por parte de Carrión , que no es delito», concluye el auto de sobreseimiento provisional del alcalde socialista, a la que se opuso la Fiscalía y las acusaciones particulares y populares.

Esta decisión se puede recurrir. La fiscal en este caso, en el último escrito presentado al respecto al juzgado, explica que su oposición a esta decisión del instructor: « existen indicios de participación del investigado en los hechos habiendo reconocido firmar las resoluciones y acuerdos que se le presentaban a la firma confiado en el criterio del equipo técnico sobre la procedencia de hacer algún tipo de contratación por ser más beneficioso o para prestar el servicio, señalando al secretario-interventor (Mañas) y a Ibáñez, sin olvidar la posibilidad de apreciar grados de participación a modo de cooperación necesaria para quien presta su colaboración para la comisión del delito». Y aquí asegura que «la cooperación o intervención fue indispensable para le ejecución del delito».

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