Écija

Condenado por maltrato: le pegaba, vejaba con insultos, decidía la ropa, el maquillaje o la comida

La Audiencia le impone ocho años de cárcel por maltrato habitual y agresión sexual

Sede de los juzgados en Écija, donde convivían los protagonistas y se instruyó esta causa Raúl Doblado

Jesús Díaz

Controlaba todos los aspectos de la vida en común y la propia de su pareja , con vejaciones como que era «una canija, que no servía para nada o tenía las tetas caídas», con veladas insinuaciones de que si ella se marchaba se autolesionaría. Consolidó un clima de absoluta dominación , anulando su capacidad de decisión, llegando a decidir cada día qué ropa habría de ponerse ella, la comida o ser él quien la maquillaba .

Estas frases forman parte del duro relato de los hechos recogidos en la sentencia de la Audiencia de Sevilla , en la que condena a J.A.M.L., nacido en Écija hace 53 años, por un delito de agresión sexual y otro de maltrato habitual . La pena impuesta es de ocho años de cárcel.

Agresor y víctima, que tiene ahora 38 años, comenzaron una relación en 2006 , conviviendo de inmediato en distintos domiciio de Écija y en el municipio granadino de Salobreña . Ambos tenían un hijo de relaciones anteriores. El control y la dominación comenzó desde el principio. «Sólo el primer mes estuvo bien» llegó a decir la mujer en el juicio del pasado 19 de diciembre.

Le controlaba el teléfono móvil , le imponía horarios para levantarse o comer, le cortó la relación con sus familiares, la culpabilizaba de la mala racha de la relación hasta el punto de que después de cada incidente «la enviaba a su cuarto a reflexionar sobre lo que había hecho para merecer lo que le hacía», según la sentencia facilitada a este periódico por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía . Él sí tenía libertad para salir de casa en cualquier momento.

Amenazas

Para amendrentar a la pareja e infundirle temor, le decía que «sabía cómo pegar a una mujer sin dejar marcas o que para matar a alguien no hacía falta mancharse las manos, pues podía contratar a alguien».

Llegó a comentarle que tenía una pistola por si se le ocurría decirle algo a su familia de lo que estaba sufriendo. El acusado no dudó en recurrir a la violencia física ante la mínima resistencia de su pareja.

En febrero de 2008 y viviendo en Salobreña, ella lo denunció por pegarle , pero la mujer en el juicio se acogió a su derecho a no declarar y fue absuelto.

Pero los episodios continuaron. En julio de 2013 sufrió una agresión sexual pese a los reiterados e infructuosos intentos de ellas por evitarlo. Él negó en el juicio todos los hechos y la acusó de montar «espectáculos». Aunque el tribunal ve el relato ofrecido por la mujer completo y verosímil y supera «holgadamente el canon objetivo de la credibilidad».

Para los magistrados en los hechos juzgados se refleja el trato dispensado por el varón contra la que era su pareja: «continuo empleo de violencia verbal y física como forma habitual de relacionarse con ella, la humillación permanente , el aislamiento social impuesto, el atentado también violento contra su libertad sexual y el gran temor que todo ello inspiraba en ella, con graves e implícitas amenazas ».

Todo esto generó en ella una gran dependencia emocional respecto a su agresor, hasta el punto de que, tras separarse, no sabía realizar por sí misma actividades cotidianas como elegir la ropa para ponerse.

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