Condenado por quemar rastrojos que derivaron en un incendio de seis hectáreas
No adoptó «medida preventiva alguna» para evitar un incendio tales como «cortafuegos o mochilas de agua» y abandonó el lugar «antes de la extinción del fuego»
![Quema de rastrojos](https://s1.abcstatics.com/media/provincia/2017/10/13/s/quema-rastrojos-generico-kzXF--1240x698@abc.jpg)
El titular del juzgado mixto 2 de Osuna (Sevilla) ha condenado a un agricultor a tres meses de prisión, sustituidos por multa, además de una sanción -1.440 euros en total- como autor de un delito de incendio forestal imprudente al quemar rastrojos sin autorización en agosto con «temperatura de 35 grados».
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, considera probado que S.A.F.A., representante legal de la empresa Agrofernández y arrendatario de unas tierras para el cultivo de cereal en el paraje Los Matones de Marchena (Sevilla) realizó con un tractor «tareas de limpieza de trastrojos de ceral y su posterior quema sin autorización» el 6 de agosto de 2010 con «una temperatura de 35 grados e índice de peligro de incendio de alarma».
Además, no adoptó «medida preventiva alguna» para evitar un incendio tales como «cortafuegos o mochilas de agua» y abandonó el lugar «antes de la extinción del fuego», lo que provocó un incendio que afectó a seis hectáreas de terreno forestal y 75 de suelo agrícola, cuya extinción costó a la Junta de Andalucía 142,56 euros.
Por todo ello, el juez le considera autor de un delito de incendio forestal imprudente y le condena a la pena solicitada por la Fiscalía de tres meses de prisión -sustituidos por una multa de seis meses a cuatro euros diarios (720 euros)- y una sanción económica de otros 720 euros, además de indemnizar a la Junta con 142,56 euros por los costes de la extinción del incendio.