Tribunales

Condenado a 45 años de cárcel por matar a su madre y a su hermana en Arahal

La sentencia de la Audiencia se produce tras el veredicto de culpabilidad que alcanzó hace unos días el jurado

El condenado durante la declaración que hizo en la vista oral que se celebró en la Audiencia ABC

S. L.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 45 años de cárcel al hombre acusado de asesinar en diciembre de 2016 a su madre y a su hermana en la vivienda familiar donde convivía con ellas en la localidad de Arahal ; todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado día 18 de junio.

En la sentencia, fechada el día 26 de junio, la Audiencia condena al acusado a 22 años y 6 meses de prisión por cada uno de los dos delitos de asesinato cometidos, fijando el límite máximo de cumplimiento efectivo de la condena en 40 años, y le impone la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de dos de sus hermanos durante 45 años.

Además, le impone la prohibición de residir en el término municipal de Arahal o de aproximarse a menos de cinco kilómetros de la localidad por igual plazo, y ello «atendida la naturaleza y gravedad de los hechos cometidos, el tratarse de una localidad relativamente pequeña y la circunstancia de que en ella continúan viviendo los familiares de las víctimas, cuya tranquilidad y seguridad se trata de proteger».

En concepto de responsabilidad civi l, el condenado tendrá que indemnizar con un total de 171.750 euros a sus tres hermanos, de los que 48.884,42 euros deberán abonarse al Estado por la ayuda que le dio a uno de ellos, según consta en la sentencia facilitada por el TSJA.

La Audiencia, de igual modo, absuelve al acusado, que se encuentra en prisión provisional por esta causa desde el 15 de diciembre de 2016, del delito leve de hurto del que fue acusado al concurrir la causa de exención de la responsabilidad criminal prevista en el artículo 268 del Código Penal, que declara exentos penalmente a los familiares en los delitos patrimoniales que se causen.

La sentencia detalla cómo las víctimas se vieron sorprendidas por unos ataques inesperados por tratarse de su hijo y su hermano

Tal y como recoge la sentencia, el jurado popular declaró probado en su veredicto que, entre las 1,00 y las 2,30 horas del día 12 de diciembre de 2016, el acusado accedió al dormitorio de su hermana y, valiéndose de uno o dos cuchillos «y con ánimo de acabar con su vida», le asestó un total de 96 cortes y puñaladas, provocándole un shock hipovolémico por hemorragia aguda que le causó la muerte.

Tras matar a su hermana, el acusado se apoderó de su cartera y, «con ánimo de enriquecimiento injusto, se hizo para sí con el dinero que se encontraba en su interior en cuantía no concretada ».

Según recoge la sentencia , tras realizar lo anterior, el acusado esperó a que su madre volviera a casa tras el trabajo, de forma que, en hora no concretada de la mañana del 12 de diciembre, el condenado «la atacó por sorpresa y de forma inesperada y, utilizando los mismos cuchillos descritos y con ánimo de acabar con su vida», le asestó 43 cortes y puñaladas, provocándole también a ella un shock hipovolémico por hemorragia aguda que le causó la muerte.

La Audiencia asevera que «el ataque se produjo de forma sorpresiva , encontrándose» la víctima «desarmada y desprevenida, al no poder esperarlo de su propio hijo, viéndose así privada de cualquier posibilidad de defensa efectiva».

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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