PROVINCIA
El accidente mortal de la máquina barredora de Osuna fue por un fallo en el sistema de freno
Un informe pericial señala la causa que provocó este siniestro y corrobora que la máquina llevaba tres años sin pasar la ITV
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número de 1 de Osuna cuenta ya en su poder con el informe pericial elaborado por la empresa Taxo sobre el estado de la máquina barredora implicada en el accidente que tuvo lugar en la mañana del 28 de octubre de 2015 y que acabó con la vida de Manuel G.G., un vecino de la localidad de 62 años. El perito ha concluido que el accidente se produjo como consecuencia de un fallo en los sistemas de freno del vehículo.
El propio conductor de la maquinaria aquel fatídico día ya apuntó en su declaración ante la Policía Local que habían fallado los frenos, según se recoge también el informe pericial de Taxo, al que ha tenido acceso este periódico.
Además, el informe pericial entregado al Juzgado recoge como en un informe técnico emitido por la empresa encargada del suministro de piezas de recambio así como de algunas reparaciones realizadas a la barredora, se indica que el nivel de líquido de frenos era muy bajo .
Este informe, esperado por las partes personadas, corrobora algo que se había desvelado con anterioridad y es que la máquina no había pasado la ITV a la que estaba obligada pues supera el límite de velocidad marcada, 25 kilómetros a la hora, para quedar exenta de este trámite.
En la ficha de Inspección Técnica del vehículo, en fecha 20 de septiembre de 2007, el Organismo Inspector indicaba que cumplía con la reglamentación vigente, anotándose en dicho documento que la inspección era valedera por cuatro años desde su matriculación.
En este sentido, el perito firmante señala en el informe que «no le consta registro documental que acredite que el vehículo fuera sometido a una Inspección Técnica de Vehículos posterior, siendo la fecha límite en mayo de 2012, cuatro años después de su fecha de matriculación (mayo de 2008). « Por tanto, a fecha de ocurrencia del accidente, en octubre de 2015, habían transcurrido más de tres años de la expiración del plazo para la ITV sin que se hubiera llevado a efecto », recoge Taxo.
Sobre las deficiencias documentales en lo referente a la ausencia de informe de ITV vigente, el perito señala que, de haber pasado dicha inspección, « probablemente se podría haber puesto en previo aviso sobre posibles deficiencias en la barredora ».
Además, desvela «la insuficiente información aportada (durante la investigación) en lo relativo a las actuaciones de mantenimiento y reparaciones a las que fue sometida la máquina».
La alcaldesa, investigada
En esta causa, entre otros se encuentra como investigada la alcaldesa socialista de Osuna, Rosario Andújar , quien ya prestó declaración ante el instructor en marzo de hace un año y negó «tener responsabilidad alguna» en el atropello producido por la máquina barredora.
En esa declaración, recalcó que la responsabilidad «no recae» en la Alcaldía «sino que es una cuestión del servicio de prevención de riesgos laborales » tal y como señala «una resolución municipal».
Este caso sigue avanzando pese a que inicialmente contó con el archivo provisional del propio juzgado instructor. Fue la propia Audiencia de Sevilla , a petición de la familia de la víctima, quien ordenó reabrir la causa.
La representación procesal de Rosario N.C. y Patricia G.N. -madre e hija de la víctima-, que ejercen los letrados Manuel Salinero y Álvaro Moreno (Nertis Legal), interpuso recurso y la Audiencia, en un auto con fecha de 21 de enero de 2019, estimaba el recurso de apelación interpuesto tanto por la familia de Manuel G.G. como por la representación procesal de Cristina R.M. -operaria del servicio de limpieza municipal- y revocaba la resolución recurrida.
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