Absuelto de la acusación de agresión sexual de una chica en un circo en Carmona
Ambos protagonistas se conocieron en una red de contactos; el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica la decisión de la Audiencia de Sevilla
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , como hiciera en su momento la Audiencia de Sevilla , ha absuelto a un hombre acusado por una chica de agresión sexual en un circo en Carmona en la primavera de 2019.
Estaba acusado de agresión sexual a menor de 16 años, pero ambos tribunales no aprecian pruebas que corroboren que fuera el autor de dicha actuación penal. Los hechos, según la Audiencia Provincial, se produjeron el 29 de abril de 2019 .
Por la mañana, el acusado contactó a través de la red social 'Badoo' con una chica nacida el 20 de septiembre de 2004, por lo que en aquella fecha contaba con 14 años.
Tras mantener varias conversaciones mediante esta aplicación este individuo la invitó, que entonces se encontraba acompañada de algunos amigos, a que visitaran el circo en el que trabajaba , que en esas fechas estaba instalado en el recinto ferial de Carmona .
Ella fue sola, sin sus amigos. Durante esa mañana el acusado le enseñó las dependencias del circo, encontrándose en dicho lugar un compañero del acusado, que mantuvo una breve conversación con la chica, enseñándole éste igualmente algunas atracciones como los coches fantásticos.
Antes de marcharse del referido lugar la menor, el acusado le dio su número de teléfono particular, quedando con la misma en que si podía fuera a verle al circo esa misma tarde.
Las conversaciones entre ambos continuaron, esta vez por Whatsapp . Ambos quedaron en verse. Sobre las cinco y media de la tarde, se dirigió al circo, de nuevo sola. Una vez en dicho lugar y ya en compañía del acusado, éste comenzó a realizarle cosquillas a la altura de la cintura, besándola en la boca y en el cuello.
Con posterioridad, ambos se dirigieron a la cabina de un camión que estaba aparcado en el recinto, accediendo al mismo en primer lugar él y después la chica. En dicho habitáculo, en la cama baja de la litera, mantuvieron relaciones sexuales. Se realizaron unas fotografías y a continuación bajaron ambos del referido camión, marchándose ella del lugar.
Para la Audiencia, « no resulta probado que el acusado, con ánimo libidinoso, hiciera uso de fuerza o intimidación para mantener relaciones sexuales con la chica, sin que quede acreditado que ésta no prestara su consentimiento».
Lesiones
La chica, ese mismo día, fue trasladada al hospital Macarena de Sevilla, donde fue reconocida. Además de lesiones en cuello, costado derecho y mama izquierda, no presentaba vaginales«. Ante este relato de hechos, la Audiencia Provincial absolvió al acusado del delito de agresión sexual.
En su recurso al TSJA, la acusación señalaba que el ahora absuelto, hallándose en las instalaciones de un circo con la denunciante, «le besó en el cuello y en la boca, la tiró al suelo, la acorraló después contra un muro tocándole los genitales y besándola, todo ello pese a la expresa oposición de ella, y seguidamente la obligó a acceder a un camión en cuyo interior la arrojó sobre un colchón , le quitó la ropa, la agarró para que no se resistiese y la penetró».
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó sentencia absolutoria por aplicación del principio 'in dubio pro reo'; considera cierto que ambos mantuvieron contacto sexual que culminó mediante penetración, pero no estima acreditado que ella no prestara su consentimiento ni que el acusado fuera consciente de que ésta era menor de dieciséis años, «en base a la complexión física y superior grado de madurez de la joven , siendo además usuaria de una página de contactos para cuya utilización se exige contar con dieciocho años de edad como mínimo».
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