Historia

La represión de la homosexualidad en Sanlúcar: Condenados a morir en la hoguera

El historiador Antonio Moreno recoge los casos de tres personas que fueron sentenciadas con el castigo de morir en la hoguera por ser homosexuales

La presunción de inocencia brillaba por su ausencia y la actuaciones para encarcelar a las personas acusadas eran bastante rápidas

La homosexualidad era considerada como «el peor de los delitos» y se buscaba que «el castigo fuera ejemplar»

Grabado de una bruja quemada en la hoguera L. V.

Jesús Mejías

Sanlúcar

En mayo del presente año, el presidente de Uganda, Yoweri Museveni, promulgaba una nueva ley contra la homosexualidad. Aunque en el país africano, cualquier tipo de acto homosexual ya era ilegal en el pasado, con esta nueva ley, cualquier condenado puede ser castigado con la cadena perpetua. A lo largo de la historia, numerosos personajes célebres han sido condenados por ser homosexual. En el año 1895, el escritor Oscar Wilde, fue condenado a dos años de trabajos forzados en la cárcel de Reading. En la segunda mitad del Siglo XX, y tras haber sido una pieza clave en la derrota contra los nazis en la Segunda Guerra Mundial, Alan Turing, el padre de la computación, fue despedido de su trabajo y fue sometido a castración química mediante inyecciones de hormonas femeninas tras ser declarado culpable de tener relaciones sexuales con un hombre en el año 1952, suicidándose en 1964. Wilde y Turing son solo dos nombres propios de un listado casi infinito de personas que a lo largo de la historia han sido enjuiciadas, condenadas e incluso asesinadas por su orientación sexual.

Mientras siguen existiendo países en los que la homosexualidad sea un delito, en España el matrimonio entre personas del mismo género se aprobó legalmente en el año 2005. No obstante, hubo un tiempo en el que la homosexualidad fue un delito en España, y por ello en Cádiz, dónde se llegó a castigar con la muerte en la hoguera.

Antonio Moreno Ollero es doctor en Historia y ha trabajado en la Universidad de Sevilla, en la Universidad de Córdoba y en varios. Recientemente publicaba un artículo en la Revista Gárgoris bajo el título 'Un nuevo caso de homosexualidad, castigado con la hoguera, en la Sanlúcar del Siglo XVI'. Anteriormente había publicado otro texto titulado 'Dos hombres quemados en la hoguera'. En estos dos artículos cuenta el caso de tres personas que llegaron a ser quemadas en la hoguera por ser sométicos, es decir, sodomitas, en Sanlúcar de Barrameda.

La homosexualidad, «el peor de los delitos»

En sus dos artículos, el doctor en Historia cuenta que tanto en la Edad Media como en la Edad Moderna, la palabra 'sodomita' era empleada para «referirse a los hombres que tenían relaciones con otros hombres». Se trata de un término cuyo origen está en la Biblia, en la antigua ciudad de Sodoma, «aquella que fue destruida por Dios como castigo por la depravación en que habían caído sus habitantes».

La homosexualidad era considerada en todo el occidente cristiano, y por ende en el territorio que hoy conocemos como la provincia de Cádiz, como «el peor de los delitos contra la moral», era «el pecado que no se podía nombrar».

No obstante «hasta el Siglo XIII la homosexualidad no era castigada en la mayoría de los países europeos» y «no era más que uno de tantos pecados que aparecían en los eclesiásticos». Sin embargo, a raíz del transcurso de las Cruzadas, «en las que la propaganda antiislámica identificaba a los musulmanes con la sodomía«, la «sodomía se identificaría con la herejía entre los años 1250 y 1300».

«Aunque en los últimos siglos bajomedievales se introdujeron leyes que castigaban con la muerte el pecado innombrable, por lo general la actitud de la sociedad y de la Iglesia fue bastante permisiva y tolerante», fue en la Edad Moderna cuando «una pragmática de los Reyes Católicos, del 22 de julio de 1497, ordenaba que se les aplicara el castigo que era más usual en el resto de estados europeos, ser quemado vivo».

En los primeros años del Siglo XVI la Inquisición española «era el tribunal que se ocupaba de los delitos de sodomía», pero «a partir del año 1509, el Consejo de la Suprema Inquisición ordenó a los tribunales a que no actuaran contra los homosexuales», aunque con la excepción de «si estaban implicados en casos de herejía. Por lo tanto, »y a pesar de la opinión pública general, la realidad es que la Inquisición no castigaba a los homosexuales, era la justicia civil, la justicia ordinaria«.

«Los culpables de sodomía no debían ser juzgados por la Inquisición, sino por los tribunales ordinarios», señala, aunque «en el caso del reino de la Corona de Aragón, la Inquisición fue el encargado de perseguir y castigar a los homosexuales», mientras que «en el reino de Castilla, los tribunales cumplen con la orden del Santo Oficio y no se ocuparon del pecado nefando».

El castigo a los homosexuales estaba implementado «en todo el Reino de Castilla y la Corona de Aragón», pero «las penas se hacen más duras con Felipe II«, aunque «llegar a esos extremos», la hoguera, «no era tan frecuente».

«Yo he visto muy poco sobre casos de homosexualidad castigados, porque la verdad es que fueron muy pocos casos», afirma.

¿Por qué era considerada la homosexualidad en aquella época como 'el peor de los pecados'? «Era el pecado contra natura, el pecado nefando, en eso influye mucho la Iglesia. Estaba visto como el pecado de los moros, de los turcos. La Iglesia estuvo siempre muy detrás del pecado de la homosexualidad, como en general la sociedad«, pero »había como un acuerdo para no perseguirlo tanto« y »antes de los Reyes Católicos se hizo como la vista gorda«. »Es un pecado que desde que existe el cristianismo y el judaísmo ha estado perseguido, muy muy perseguido«.

«¿Las razones? En el reino de Castilla era visto como el pecado de los turcos, pero es difícil saber porqué la sociedad lo veía como algo tan malo«.

Sin presunción de inocencia

Durante la Guerra Fría se implementó en Estados Unidos el término 'McCarthyism' o 'Marcatismo' referido a las acciones implementadas por el republicano Joseph Raymond McCarthy, quien desencadenó un extendido proceso de declaraciones, acusaciones infundadas, denuncias, interrogatorios, procesos irregulares y listas negras contra personas sospechosas de ser comunistas. Sin ir más lejos, Julius Robert Oppenheimer, cuyo nombre ha vuelto a entrar en escena tras la película que lleva su apellido por título, fue acusado de pertenecer al Partido Comunista. En aquella época eran habituales las denuncias y acusaciones de comunista a vecinos, familiares o compañeros de trabajo que podían costarle a estas personas su pérdida de reputación o incluso que fueran despedidos, situaciones en las que no existía la presunción de inocencia.

En el Siglo XVI, la práctica era similar. «No eran denuncias anónimas, había casos en el que una persona denunciaba y rápidamente el denunciado iba a la cárcel, y hubo personas que murieron en la cárcel. Era algo rapidísimo y de presunción de inocencia nada«.

Al igual que para «los hechiceros o las brujas», se buscaba que «el castigo fuera ejemplar, que lo viese toda la sociedad, que sirviese de escarmiento, para que la gente no incurriese en ese pecado«. También entra en juego »la importancia del fuego como elemento purificador, eso también, en la mentalidad eso también influye, el fuego como elemento que purifica«.

Estas quemas en la hoguera eran «un espectáculo entre comillas» y «en el caso de Sanlúcar tenían lugar en la plaza principal, en la plaza de la villa. Cuando se ahorcaba a alguien también era en la plaza de la villa para que sirviera de escarmiento. En la Edad Media y en la Edad Moderna las penas de muerte se hacen de manera pública».

Tres muertes en la hoguera en Sanlúcar

Antonio Moreno recoge entre sus publicaciones los casos de muerte en hoguera en Sanlúcar de tres hombres condenados por ser homosexuales. El primero de ellos tuvo lugar en el año 1530, fueron dos flamencos (natural de la región de Flandes, actual Bélgica) y «solo se consignan los nombres de los jueces que llevaron el proceso, los marvedíes (moneda española de la época) que cobraron por dicho concepto, la nacionalidad o procedencia y el delito o crimen cometido.

La presencia de estos dos flamencos en la villa de Sanlúcar tenía su razón en «la importancia de la actividad comercial del puerto sanluqueño por esas fecha» y dónde era habitual la presencial de mercaderes procedentes de «la Bretaña francesa, de Inglaterra y de Flandes». Relata que «el principal artículo o mercancía que estos mercaderes traían a vender en la villa sanluqueña y otras poblaciones de la zona eran tejidos, de todas las clases y colores como terciopleos, sedas, hilos, etc.», y «también traían una gran cantidad de madera», mientras que el producto que se llevaban de Sanlúcar era el vino.

Muchos de estos comerciantes «acabaron asentándose en la villa, bien como vecinos bien como estantes», y algunos llegaron incluso a ser regidores del cabildo de Sanlúcar, como fue el caso de los Dinarte.

Aunque «no sabemos a ciencia cierta cuál era la profesión de oficio de estos dos condenados», la realidad es que «es bastante probable que fueran mercaderes, y también es más probable que viviesen juntos como amo y criado», una práctica que «era frecuente entre los mercaderes extranjeros afincados en Sanlúcar».

La relación entre estas dos personas, «si era cierta», «debió estar en la boca de la gente del pueblo» y «la maledicencia pudo incluso ensañarse un poco más por tratarse de dos extranjeros». Señala que «la denuncia o delación de cualquier vecino de la villa pudo dar pie a que las autoridades judiciales del concejo o cabildo sanluqueño , los alcaldes, se decidieran a tomar cartas en el asunto de los dos flamencos sométicos».

Estos dos flamencos fueron quemados en la hoguera. A pesar de que «ignoramos dónde se llevó a cabo la ejecución», pero «lo más probable es que tuviese lugar en la plaza de la villa, donde se situaba la casa y torre del cabildo», que no es otra que la Plaza de la Paz, «el centro de la vida pública de Sanlúcar en estos años de la primera mitad del Siglo XVI».

El caso de los dos flamencos fueron anónimos, no quedaron recogidos sus nombres, ni la fecha u hora de su ejecución. Años más tarde, en 1568, Miguel Halcón «fue quemado en Sanlúcar por ese pecado innombrable».

Cabe destacar que las personas condenadas por ser homosexual eran desposeídas de sus pertenencias. Según recoge el historiador Antonio Moreno, el 8 de noviembre del año 1568, el tesorero del duque, Gonzalo Pérez, recibía de Luis de la Oliva, depositario general de Sanlúcar la cantidad de 53.649,5 marvedís por la venta de «los bienes del sedero Alonso Álvarez», quien «había huido por el pecado nefando».

El compañero de Gonzalo Pérez, Miguel Halcón, no tuvo la misma suerte y «fue quemado en Sanlúcar por ese pecado innombrable en la misma fecha», y «del total que montaron los bienes que le fueron confiscados a Halcón, la cámara del duque recibió un resto de 4.252 marvedís».

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