JUZGADOS
Cuatro años de cárcel para el traficante que huyó por una ventana de Aduanas en Cádiz
El TSJA ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que le condenó a él y otros tres acusados de intentar alijar 2,5 kilos de hachís y que fueron interceptados en el Castillo de San Sebastián
Dos detenidos por narcotráfico se escapan de Aduanas en Cádiz tirándose por la ventana

El Tribunal Superior de Justifica de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un hombre a cuatro años y ocho meses de cárcel y una multa de 27 millones de euros al ser interceptado cuando transportaba 2.500 kilos de hachís en una embarcación a 34 millas del Castillo de San Sebastián en Cádiz.
Los hechos sucedieron en octubre de 2019 cuando el acusado, junto a otras tres personas ya condenadas en sentencia firme, viajaba a bordo de una embarcación que fue sorprendida por el helicóptero del Servicio de Vigilancia Aduanera a 34 millas de la costa gaditana con 81 bultos de hachís.
Se da la circunstancia que el acusado, que fue detenido junto a los demás tripulantes, logró huir de las dependencias en las que estaba por una ventana, tal y como contó este periódico, «tras ser informado de sus derechos y ser identificado, y ejerciendo el derecho de comunicar con su pareja las circunstancias de su privación de libertad, para lo cual facilitó el teléfono de esta».
La posibilidad de que no fuera él quien viajaba en la embarcación y estuvo detenido, fue uno de los argumentos presentados por su defensa en el recurso ante el TSJA para pedir su libre absolución en la causa.
En este sentido, el TSJA considera que la Audiencia actuó acorde con una sentencia correcta, en base a los testimonios de los funcionarios actuantes en la interceptación y detención, junto a la «ausencia total de credibilidad» de la versión del acusado, donde deslizó la posibilidad de que el detenido en su momento no fuera él sino su hermano, que aunque dijo que tenía un gran parecido físico no llegó a «hacer el más mínimo esfuerzo en acreditar ni la realidad de dicho hermano» y «nada de lo afirmado». Finalmente, la Audiencia consideró probada su intervención «directa» en los hechos juzgados, lo que ha sido ratificado por el TSJA.