TRÁFICO

Esta es la multa de la DGT si llevas puesto el abrigo mientras conduces

Multas DGT

La normativa señala que el conductor «está obligado a mantener su propia libertad de movimientos» y la sanción puede llegar a los 200 euros

La DGT avisa: si padeces estas enfermedades no podrás renovar el carné de conducir

La Voz de Cádiz

El cambio de temperatura ha tardado en llegar pero finalmente parece que el invierno va entrando pese a que en noviembre hemos podido disfrutar de jornadas de cielos despejados y temperaturas por encima de los 20º. Ahora toca pertrecharse con jerseys y abrigos y, reconozcámoslo, es habitual que nos dejemos el chaquetón puesto cuando subimos al coche. Sobre todo si lo usamos para un trayecto corto (¿quién pierde el tiempo si solo va a estar cinco minutos al volante?) o si el vehículo ha estado aparcado en la calle y la temperatura del habitáculo es fría.

Por ello, debes saber que desde la DGT señala que no es lo más recomendable e incluso en alguna circunstancia puede suponer una multa. Si te preguntas por qué Tráfico se interesa por tu vestuario, te remitimos al artículo 18 del Reglamento General de Circulación (RGC) dice lo siguiente: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». 

Y como el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, la DGT puede llegar a sancionarte por este hábito que pudiera parecer inocuo para la conducción pero que no lo es tanto porque el acolchado del abrigo (sobre todo si se trata de uno tipo «plumas») puede limitar el correcto movimiento de los brazos al volante y también puede crear una cámara de aire que, en caso de accidente, puede afectar a la eficacia del cinturón de seguridad.

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Multa por llevar abrigo

Lo más recomendable es adelantarnos a las situaciones de peligro y actuar con la máxima corrección cumpliendo las recomendaciones y la normativa de Tráfico. Si un agente determina que el abrigo está obstaculizando el movimiento y el manejo del vehículo, puede sancionar al conductor con una multa de hasta 200 euros por infracción grave por conducción negligente. La alternativa de la DGT para evitar ponernos en riesgo es simple: «quítate el abrigo y pon la calefacción».

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