AGENCIA TRIBUTARIA
Más de medio millón de contribuyentes gaditanos están llamados a declarar el IRPF
Nada más terminar la Semana Santa arrancará la campaña 2024 para el ejercicio fiscal de 2023
El periodo abarca del 3 de abril al 1 de julio y están exentos quienes no superen los 22.000 euros anuales
El próximo 3 de abril comienza una nueva campaña del IRPF que afecta en la provincia a casi 600.000 gaditanos. Se trata de un registro que en los últimos cinco años ha ido a más. De hecho, en la campaña de 2022 (ahora toca el ejercicio fiscal de 2023) la nómina de nuevos contribuyentes se incrementó en Cádiz en 25.671 personas. Del total de declaraciones presentadas el pasado año, la Agencia Tributaria devolvió unos 270 millones a 355.662 gaditanos con la declaración negativa. Todo apunta a que en la campaña de este año irá por los mismos derroteros.
De cualquier forma, la campaña de la Renta 2024 trae consigo algunas novedades empezando por la fecha en la que arranca, el 3 de abril, ocho días antes que el pasado año, y finaliza un día después, el 1 de julio, debido a que el 30 de junio cae en domingo. La Agencia Tributaria ya ha publicado las tres fechas clave de esta campaña que arranca justo después de la Semana Santa y se extenderá hasta del 1 de julio. Las fechas a tener en cuenta son:
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
El pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se produce siempre a año vencido. Es decir, la campaña que se abona este 2024 tomará como referencia los ingresos obtenidos por los contribuyentes a lo largo de 2023, ya sean rendimientos del trabajo o rendimientos del capital o de actividades económicas, entre otros. Como es habitual, la Agencia Tributaria tiene en cuenta aspectos como el volumen de renta, la situación familiar y personal del contribuyente o el número de pagadores.
Todo comienza con el primer borrador que el Ministerio de Hacienda pone a disposición de los obligados tributarios, en el que aparecen todos los datos fiscales que el organismo tiene en su base y sobre el que se puede trabajar para añadir información y partidas que den derecho a las correspondientes deducciones y rebajas. Los contribuyentes pueden consultar sus datos fiscales. Y, desde hace ya unos días, la Agencia Tributaria también permite obtener el número de referencia que posteriormente servirá para descargar el documento y, a partir de entonces, decidir mediante qué canal se liquidará el impuesto
Esta campaña trae algunas novedades, por ejemplo, en materia de deducciones. Así, existe la deducción de hasta un 15% por comprar vehículos eléctricos nuevos después del 29 de junio del pasado año, fecha de publicación de esta medida en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se incluyen coches eléctricos o híbridos con unas determinadas características, como estar incluidos en la Base de Vehículos del IDAE y tener la etiqueta Cero de la DGT. También se pueden acoger a esta medida las motocicletas y vehículos ligeros, pero solo los modelos totalmente eléctricos. No obstante, la deducción no es por la totalidad del precio del vehículo, sino que la cantidad máxima sobre la que se puede aplicar serán 20.000 euros, por lo que el máximo que se puede deducir en la declaración de la Renta son 3.000 euros.
También se encuentra la deducción de hasta un 15% por la instalación en casa de un punto de recarga de baterías para vehículos eléctricos. La base máxima anual de esta deducción será de 4.000 euros y se practicará en el periodo impositivo en el que finalice la instalación, que no podrá ser posterior a 2024, según el BOE.
Otra de las deducciones son por obras medioambientales. Se amplía para este año fiscal la deducción de hasta un 60% por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
También se extiende a esta campaña, las deducciones por maternidad que pueden ser de hasta 1.200 euros con la posibilidad de sumar otros 1.000 por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Los trabajadores autónomos también cuenta con beneficios en esta campaña del IRPF. Deducción para los autónomos que tengan trabajadores a cargo de hasta un 10% en la cuota íntegra, por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial con rentas inferiores a 27.000 euros
Deducciones en donaciones a ONG de entre un 10 y un 80% según el dinero que se haya aportado. En esta misma línea están las cuotas de afiliación a partidos políticos también desgravan un 20%, con un límite de hasta 600 euros. Serán de 500 euros en el caso de cuotas de sindicatos.
Exentos de la declaración
En general, no tienen que presentar la declaración de la Renta los trabajadores por cuenta ajena o pensionistas con un solo pagador que no superen los 22.000 euros anuales. Distinto es cuando se han tenido dos o más pagadores en el año. En este caso, la campaña de la Renta de este año cuentan con una novedad ya que aumenta el límite y solo tendrán que declarar aquellos que superen los 15.000 euros anuales (en la campaña anterior era de 14.000 euros),
No obstante, en este último supuesto, la Agencia Tributaria estipula que el límite será de 22.000 euros anuales cuando, procediendo de más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
Otra de las novedades, es la obligación que tienen todos los autónomos, sea cual sea su nivel de ingresos, de presentar la declaración. Esto se debe al nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales de los autónomos. Hacienda debe facilitar a la Seguridad Social toda la información de carácter tributario necesaria para la realización de la regularización de cuotas y, al mismo tiempo, al hacer la declaración del IRPF se ajustan las cuentas y podría salirles a devolver.