Narcotráfico Cádiz

La libertad de Kiko el Cabra, denegada de nuevo por los «indicios» de riesgo de fuga

asesinato de los guardias civiles en barbate

La Audiencia de Cádiz rechaza por segunda vez sacar de prisión provisional al piloto de la narcolancha señalada en un principio como la que arrolló a los guardias civiles en Barbate

Al confesar que manejaba esa embarcación se le considera posible autor de los delitos de contrabando y pertenencia a organización criminal, además de sus «vínculos» con el narcotráfico

Kiko El Cabra, el investigado en el caso del asesinato de los guardias civiles en Barbate, seguirá en prisión

«Kiko 'El Cabra' imploraba: '¿Cómo voy a hacer yo algo así?... ¡me echaría todo encima!'»

Kiko el Cabra, trasladado a los juzgados de Barbate. efe (r. ríos)

El definitivo giro en la investigación que ha exculpado de asesinato a todos los ocupantes de la primera narcolancha sospechosa de haber asesinato en el puerto de Barbate a dos guardias civiles el 9 de febrero, no les exculpa de todos los delitos de los que se les acusa y, por tanto, todos ellos continúan en prisión provisional a pesar de los esfuerzos de sus defensas. Entre ellos, Francisco J., 'Kiko el Cabra', el piloto linense de esa embarcación, el señalado en un primer momento y al que la Audiencia de Cádiz le ha rechazado la puesta en libertad ya en dos ocasiones. A estas dos negativas se suma además otra emitida por la de la jueza instructora, tras una petición urgente que hizo su abogado justo después de conocerse el informe de la Guardia Civil que los desvinculaba del delito más grave.

Y en ambas decisiones tomadas por la Sección Cuarta de la Audiencia gaditana la base para mantener la misma medida cautelar sigue siendo la misma: los delitos de contrabando y pertenencia a organización criminal de los que también se les acusa según la investigación. Y además, su propia confesión. La que hizo para relatar en el juzgado que él no había sido quien manejaba el timón de la lancha que arrolló a la del GEAS, donde iban los agentes.

El último auto facilitado por el TSJA a los medios, fechado este 11 de junio, se rechaza el recurso de apelación presentado contra el auto anterior, el de mayo, dictado por la sala instructora, tras conocerse el famoso informe de la UCO y la Comandancia gaditana de ampliación de la investigación y en el que se le volvía a denegar la libertad. Pues bien, los magistrados de la Audiencia provincial avalan la decisión que tomó la jueza. Según expone, Kiko el Cabra reconoció haber pilotado ese día la embarcación de cuatro motores de 300 CV cada uno.

En ese sentido, la Sala recuerda que sería presunto autor de un delito de contrabando, ya que este tipo de embarcaciones están prohibidas por decreto desde el año 2018. Por tanto, al ser procesado por ello, se enfrentaría a una pena que podría llegar hasta los siete años y medio de prisión, lo que «implica un elevado riesgo de fuga, sin que el arraigo alegado sea suficiente para enervarlo ni tampoco el tiempo de permanencia en prisión, notablemente inferior al de las penas que pudieran recaer».

Por otro lado, se mantiene que también hay «indicios» de que pertenece a una organización criminal. Según insisten, se reconoció como el piloto, e incluso dio detalles de su itinerario. Se habían embarcado en Sanlúcar tras un cambio de tripulación, iban con pasamontañas y llamaron a tierra al propietario de la lancha porque la 'goma' no iba bien. Posteriormente, según explicó, llamaron a los mecánicos para repararla, los cuales se embarcaron. Además, a otro respecto, la Sala añade que «existen indicios» de un delito de resistencia, a la vista del contenido del atestado.

El riesgo de fuga por los vínculos con el narcotráfico

 

En este sentido, y como ya lo hicieron en un anterior auto, los magistrados se apoyan en los «vínculos con el narcotráfico» que tienen todos los acusados. En el caso de Kiko el Cabra afirma que «es una persona aparentemente vinculada a una organización que usa embarcaciones en la zona del Estrecho, de modo que su fuga es sencilla usando tales medios, sin que las medidas cautelares alternativas planteadas (comparecencia apud acta, entrega de pasaportes, fianza o GPS) garanticen que no se sustraiga a la acción de la Justicia».

En su recurso, y según expone el auto, el investigado alegó que «no existen indicios de un delito de resistencia» y que el delito de contrabando, en su tipo básico, «que es el de aplicación al no existir prueba de ninguna organización criminal, lleva aparejada una pena de uno a cinco años, siendo posible que se aplicase la atenuante de confesión del hecho, ya que lo reconoció desde el primer momento, y que se acuerde la suspensión de la ejecución de la pena».

Además, la defensa argumentó en su recurso que el delito de contrabando «no es suficiente para acordar la medida de prisión cuando no existe riesgo de fuga, pues tiene un hijo menor de edad, es vecino de La Línea de la Concepción desde que nació y nunca ha salido del territorio nacional, teniendo únicamente un antecedente penal por quebrantamiento de condena», mientras que en las diligencias previas seguidas contra él por un presunto delito contra la salud pública, el investigado «siempre ha estado a disposición del juzgado y no pueden valorarse como indicio de criminalidad, de reincidencia o de riesgo de fuga en cuanto que violaría el principio de presunción de inocencia».

En este sentido, el tribunal considera que «no es momento procesal para valorar la posible concurrencia de circunstancias atenuantes o la suspensión de la pena de prisión que pudiera recaer».

Causas pendientes y antecedentes

Francisco J. tiene ya otra sentencia firme en su contra. Se trata de un quebrantamiento de condena por violencia de género emitido por el Juzgado de Algeciras. Dicha pena de dos años se le suspendió. Sin embargo también le constan otros procedimientos abiertos como uno pendiente en el juzgado de instrucción número 2 de La Línea como investigado por delitos contra la salud pública, además de otras en tramitación.

Por otro lado, también tiene antecedentes -esta vez policiales- por salud pública, desobediencia y blanqueo de capitales.

En este sentido y debido a que también considera que existe riesgo de fuga, que las penas de ser condenado podrían ser altas y que hay reiteración delictiva, el Ministerio Fiscal también siempre se ha seguido manteniendo contrario a su excarcelación.

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