urbanismo

Ecologistas recurre el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Bahía de Cádiz

A su juicio, no se ajusta a Derecho, «contraviniendo legislación estatal básica y comunitaria, así como jurisprudencia consolidada»

Aseguran que el equipamiento universitario que se proyecta en el término de Puerto Real «en una amplia franja de gran valor ecológico y paisajístico» junto al pinar de La Algaida y la laguna de La Vega es contrario a la normativa

La Voz de Cádiz

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Ecologistas en Acción ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la demanda judicial solicitando que se anule el Decreto 130/2024 de la Junta de Andalucía por el que se aprobó, entre otros, el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural Bahía de Cádiz, planes que incurren en «manifiestas ilegalidades, contradiciendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), la doctrina del Tribunal Constitucional (TC), la legislación básica estatal y la normativa europea de la Red Natura 2000 (RN2000)», aseguran.

Ecologistas en Acción ha venido advirtiendo, a lo largo de la tramitación de estos planes, que «vulneraban importantes sentencias del TS y del TC y que entraban en contradicción con la normativa básica estatal y de la UE. Nuestras alegaciones fueron desestimadas sin argumentación alguna, con sólo la prepotencia de quien se cree impune para saltarse la legalidad y favorecer proyectos especulativos en un parque natural», denuncian, .

A juicio de los ecologistas, del Parque Natural Bahía de Cádiz incurre en varios motivos de nulidad. En primer lugar porque, aseguran, incumple la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la protección de la Red Natura 2000 (RN2000). Estos altos tribunales han dictaminado que todos los espacios incluidos en la Red Natura 2000 deben quedar preservados de su transformación urbanística y ser clasificados como Suelo No Urbanizable de Especial Protección (SNUEP). «El PORN no sólo no declara a todo el parque natural como SNUEP, sino que reconoce los suelos urbanizables existentes, dando prevalencia a los planes urbanísticos municipales sobre el propio PORN, lo que contraviene también la legislación básica estatal de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, que determina todo lo contrario».

El PORN incluye zonas urbanizables y previsiones de clasificación de más suelos urbanizables en el parque natural, con la sola autorización de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

«Un ejemplo es el equipamiento universitario en el término de Puerto Real -en realidad, se pretende construir un polígono industrial- en una amplia franja de gran valor ecológico y paisajístico junto al pinar de La Algaida y la laguna de La Vega, en las proximidades de la antigua carretera N-IV, con la única justificación de que así viene recogido en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Puerto Real».

En segundo lugar, sostienen que el Plan deja terrenos del parque natural excluidos de la zonificación ambiental y sin protección alguna, con el objetivo de permitir su urbanización. «Este evidente subterfugio contradice la legislación básica estatal, ya que las directrices para la ordenación de los recursos naturales, a la que tienen que ajustarse todos los PORNs, no contempla tal posibilidad».

Y en tercer lugar, dicen en un comunicado, que tampoco se adecúa a la Directiva «Hábitats», que determina que todos los planes y proyectos que se pretendan desarrollar en un espacio incluido en la Red Natura 2000 debe someterse a una adecuada evaluación de sus repercusiones en los hábitats y especies protegidas. «El PORN, incumpliendo este precepto de una directiva comunitaria, excepciona de someter a esta evaluación ambiental a numerosos proyectos, algunos de los cuales se podrían implementar con una mera comunicación».

Por todo ello, Ecologistas en Acción ha solicitado al TSJA que se acuerde que el PORN y PRUG del Parque Natural Bahía de Cádiz, aprobado por el Decreto 130/2024, «no se ajusta a Derecho, contraviniendo legislación estatal básica y comunitaria, así como jurisprudencia consolidada tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional en cuanto a la defensa y protección de la Red Natura 2000, por lo que debe declararse nulo de pleno derecho el Decreto impugnado», concluyen.

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