Tribunales

Confiesa que apuñaló en el cuello a otro hombre en Jerez con un pelapatatas

El acusado, que ha admitido los hechos ante el tribunal, ha sido condenado a cinco años de prisión por homicidio en tentativa

Zona donde se produjo el ataque.

M. Almagro

La Audiencia de Cádiz ha condenado a cinco años de prisión a un acusado de haber apuñalado en el cuello con un pelapatatas a otro hombre en Jerez. El tribunal lo ha considerado autor de un delito de homicidio en tentativa después de que el propio procesado admitiera tales hechos y llegara a un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal.

El fallo, facilitado por el TSJA, relata que la agresión se produjo las vísperas de Reyes del año pasado cuando sobre las tres de la tarde, el procesado en las inmediaciones de la calle Gabriel Guillermo de Jerez, sin que quede acreditado el motivo y tras saludar a un conocido, esgrimió un pelapatatas con mango negro y con ánimo de acabar con su vida, se abalanzó sobre esta persona y le propinó una puñalada en el cuello.

El ataque le produjo a la víctima una herida inciso punzante en cuello además de erosiones. Según el informe médico forense no se pudo establecer la trayectoria ni la profundidad de la herida puesto que estaba suturada y en el informe médico no constaba otra descripción de las lesiones. Sin embargo los hallazgos de la exploración médica eran compatibles con al menos tres impactos de arma blanca, dos de ellos superficiales y el otro el que origina la herida suturada.

La morfología externa de las erosiones serían compatibles con el extremo distal del arma descrita en el atestado policial como pelapatatas. «Aun cuando en este caso las lesiones sufridas no han supuesto un riesgo vital objectivable potencialmente cualquier herida en el cuello tiene riesgo vital dado las estructuras anatómicas que alberga», establece el tribunal.

El acusado fue sorprendido por los agentes de Policía en su domicilio portando oculto en la parte trasera del pantalón el arma empleada. Las capacidades intelectivas y volitivas de procesado estaban «intactas» y lleva en prisión desde los hechos.

Por todo ello, la Sección Octava ha condenado al encartado a cinco años de prisión por un delito de tentativa de homicidio y le ha impuesto la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros y comunicarse por cualquier modo con la víctima. Contra esta sentencia no cabe recurso ya que al haber habido conformidad es firme.

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