tribunales
Tres años de prisión por traficar con droga en la zona de ocio de La Barrosa en Chiclana
El TSJA ratifica la condena impuesta al procesado que fue interceptado en un control de la Guardia Civil
Agentes de la Guardia Civil.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena impuesta por la Audiencia de Cádiz de tres años de prisión a un acusado de tráfico de drogas en Chiclana. El procesado interpuso recurso alegando error en la prueba pero la Sala lo descarta y da como ciertos los argumentos procesales del tribunal de la Sección Primera de Cádiz.
Los hechos que se dan como probados se remontan a abril de 2018 cuando en un control el coche que ocupaba el acusado junto a otro hombre y una mujer fue interceptado por agentes de la Guardia Civil que se encontraban esa noche realizando un control en Chiclana.
Según relata la sentencia, los agentes vieron una actitud sospechosa en los dos hombres y procedieron a hacerles un cacheo superficial. Así al procesado, que iba en el sillón trasero, le hallaron una tableta de hachís y cuatro dosis de cocaína que había ocultado en su calcetín. La mujer también les entregó dos trozos de hachís que portaba. Sin embargo se le quiso hacer otro cacheo y a la espera de que llegara una guardia civil mujer para practicárselo, el recurrente le dijo que entregara lo que llevaba. En ese momento sacó otra bolsa de su pantalón que era también cocaína. Él se la había dado para que la escondiera momentos antes al ver el control policial.
Como dicta la sentencia, la droga estaba destinada a la venta. No se da como probado que la mujer supiera que era lo que había en la bolsa por lo que resultó absuelta. El acusado fue sentenciado a tres años de prisión por un delito contra la salud pública.
Tras dicha resolución presentó recurso ante el TSJA alegando que era inocente porque no conocía el contenido la bolsa que había entregado a la mujer. Según aseguró se la llevaba a la zona de ocio de la Barrosa a otra persona sin saber que contenía.
La Sala no da crédito alguno a la justificación dada por el procesado al entender que sí sabía que se trataba de droga. «Por más que el acusado en el legítimo derecho de ser exculpado del delito, se empeñe en negar el conocimiento de lo que pudiera contener la riñonera que portaba y que afirma que le había sido entregada, lo que resulta complejo a la luz de la intrincada versión que ofreció sobre el cómo llegó la riñonera a su poder, la realidad acreditada pone de manifiesto lo contrario, esto es, que era perfecto conocedor de la concreta sustancia que portaba». Al igual que, según el fallo, que al ser consciente del control policial «su reacción fuera darle la bolsa a la mujer para que ésta la ocultara».
Por todo ello, el TSJA ratifica la resolución de la Audiencia de Cádiz imponiéndole al acusado la misma pena. En esta causa existió un retraso de más de dos años por lo que se le ha rebajado la condena por dilaciones indebidas.
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