IRPF 2024

La campaña de la renta arranca en dos semanas con un aumento de contribuyentes gaditanos

Más de medio millón de declarantes de la provincia están llamados a rendir cuentas ante Hacienda a partir del 2 de abril

Desde este 19 de marzo se puede acceder a los datos fiscales

Las declaraciones presentadas en el ejercicio de 2023 en la provincia fueron 597.000 y se espera ahora que en el de 2024 se supere con creces las 600.000

Hacienda ya ha engrasado la maquinaria para la nueva camapaña LA VOZ

JAVIER RODRÍGUEZ

CÁDIZ

La nueva campaña de la Renta (IRPF 2024) llega en primavera. Es hora de rendir cuentas ante la Agencia Tributaria. El próximo 2 de abril se abre el plazo para la presentación del IRPF correspondiente al ejercicio de 2024. Más de medio millón de gaditanos están llamados a declarar al fisco sus ingresos, gastos y patrimonio. La cifra sigue al alza, lo que tiene su traslación al empleo. El número de gaditanos que declararon en el ejercicio 2023 fue de 597.000 y e el 2022, la cifra fue de 568.230. Todo apunta a que en el ejercicio de 2024 el número de declarantes de la provincia supere los 600.000. Cada vez resulta más difícil burlar la inspección debido a la incorporación de las nuevas tecnologías que permiten un cruce de datos casi infalible. Hacienda se fija un reto cada año y en este caso se vuelve a adelantar los plazos de devolución de aquellas que resulten positivas. En esta edición se han marcado las 48 horas para reembolsar las primeras declaraciones que tengan derecho a devolución.

Cabe recordar que el pasado año la Agencia Tributaria devolvió 170 millones de euros a los contribuyentes gaditanos en los dos primeros meses de la campaña. Más de 250.000 contribuyentes de la provincia recibieron su devolución en un plazo muy corto de tiempo.

Según establece el BOE, el plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado,será el comprendido entre los días 2 de abril y 30 de junio de 2025, ambos inclusive.

En la campaña de la Renta de 2024 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores - igualándose al Salario Mínimo Interprofesional- , así como aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido prestación de desempleo, entre otros supuestos.

En cuanto a los plazos establecidos, el 19 de marzo se podrán acceder a los datos fiscales, y el 2 de abril se abrirá el plazo para presentar las declaraciones a través de internet, plazo que se extenderá hasta el 30 de junio.

 

La Agencia Tributaria se pone como reto acelerar la devolución de las declaraciones positivas

 

 

También, del 6 de mayo al 30 de junio, la Agencia Tributaria (AEAT) asegurará los servicios de ayuda a los contribuyentes que quieran presentar la declaración por teléfono, cuyas citas se podrán solicitar del 29 de abril al 27 de junio.

En tercer lugar, los contribuyentes que quieran que les hagan las declaraciones presencialmente en las oficinas de la AEAT entre el 2 y el 30 de junio, podrán solicitar cita del 29 de mayo al 27 de junio.

Un año más, el plazo de presentación de las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria finaliza el 25 de junio.

Incorporación del Bizum

Los planes de la AEAT pasan por que, por primera vez, los contribuyentes puedan pagar sus declaraciones de la Renta a través de Bizum, como una nueva forma de pago que se une a la tradicional domiciliación bancaria, el cargo en cuenta o con Número de Referencia Completo (NRC) o el pago en una oficina bancaria.

Los contribuyentes deberán comprobar los límites específicos establecidos por cada entidad bancaria ante el uso de este servicio para asegurarse de que la cantidad a pagar se encuentra dentro de los márgenes permitidos en cada caso. Además, también es recomendable revisar las condiciones particulares de cada banco respecto al uso de Bizum para pagos a organismos públicos.

 

El plazo de presentación de declaraciones culmina el próximo 30 de junio

 

 

Aunque se ha producido una pequeña confusión entre los ciudadanos, en la campaña de la Renta de 2024 seguirán sin tener que declarar los trabajadores que ingresen menos de 22.000 euros al año si no han recibido más de 1.500 euros a partir de un segundo pagador -o más-. La confusión se produjo porque el Gobierno quiso elevar a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros procedentes del segundo y restantes pagadores con efectos para 2025, pero esa y otras medidas no entraron en vigor al rechazar el Congreso el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por lo que, de momento, en la siguiente campaña de Renta 2025 no se podrán aplicar.

En cambio, en esta campaña se ha elevado la obligación de declarar, independientemente del número de pagadores, si perciben rentas del trabajo inferiores a 15.876 euros, en paralelo a la subida del SMI 2024. Para el año 2025 por el momento no ha ocurrido lo mismo, pese a la polémica que se ha generado.

Otra importante novedad afecta a la reducción por rendimientos del trabajo, que ha ido aumentando en los últimos años y beneficia a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros. En esta declaración, la reducción fiscal máxima pasa a 7.302 euros (en 2023 fue de 6.498 euros).

Por primera vez en el año 2024, todas las personas que recibieron prestaciones por desempleo deberán presentar la declaración de renta, incluso aunque el importe percibido esté por debajo de los 15.876 euros. Esta novedad no es de naturaleza tributaria, sino que es un nuevo requisito de la Seguridad Social, de forma que no declarar podría implicar la pérdida de la prestación o subsidio de desempleo, según se establece en el Real Decreto-ley 2/2024.

En esta línea, los técnicos de Hacienda (Gestha) recuerda que para mantener la prestación del ingreso mínimo vital ya existía la obligación de declarar a todos los miembros de la unidad de convivencia, incluidos los menores que debían presentar declaración individual o conjunta con sus progenitores.

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